El juez de garantías, Jerónimo Mejía, decidió ayer que la defensa del expresidente Ricardo Martinelli tenga acceso a siete cuadernillos del expediente de los pinchazos que contienen información sobre el material interceptado a las víctimas y que estaban bajo reserva.
Sin embargo, el magistrado condicionó este acceso a una “obligación ética de los abogados de respetar la dignidad de las víctimas”, y no revelar ninguna información en los medios ni en redes sociales .
“Los abogados que tendrán acceso serán responsables si aparece alguna información en los medios y no dudaré en instruir a la Oficina Judicial para que interponga acciones legales contra ellos”, advirtió.
Los cuadernillos contienen los resultados de diligencias de inspección ocular al correo electrónico brad.pty507@gmail.com, en donde se guardaba la información interceptada a las víctimas. Esta documentación se mantiene en custodia por la Oficina Judicial.
Las víctima que actúan como querellantes y Rosendo Rivera -abogado acusador particular- informaron a Mejía que renuncian al derecho de revisar estos cuadernillos.
Ante esta decisión, solo Mejía y la defensa de Martinelli, que reclamaba este acceso, verán los cuadernillos.
El juez explicó que otorgaba este acceso porque tiene que garantizar el derecho a la defensa de conocer las pruebas y puedan sustentar su objeción o aprobación.
Reglas establecidas por el juez Mejía
Adelantó que posteriormente decidirá sobre las pruebas y testimonios objetados por ilegales por la defensa.
Mejía anunció un receso hasta el lunes, porque Martinelli asistirá a una cita médica hoy.
Abogados de Martinelli objetan pruebas; fiscalía las defiende
La audiencia seguida al expresidente Ricardo Martinelli avanzó ayer con la etapa de admisión y exclusión de pruebas que presenta la fiscalía de la causa.
El magistrado en funciones de juez de garantías, Jerónimo Mejía, dio la palabra a la defensa de Martinelli para conocer si tenía objeciones a las 74 pruebas testimoniales que presentó el fiscal Harry Díaz en su escrito de acusación del 8 de octubre de 2015.
De estas pruebas testimoniales de la fiscalía, el abogado Cristóbal Arboleda, del equipo legal de Martinelli, objetó los testimonios de los agentes policiales Luis Perea Becerra y Bosco Manuel Quintero Marciaga, “por inconducentes e impertinentes”.
Perea y Becerra, agentes de la Dirección de Investigación Judicial, rindieron un informe sobre una declaración que obtuvieron de Jorge Agrazal, exfuncionario del Consejo de Seguridad Nacional (CSN) y quien estaba detenido en la cárcel pública de David, Chiriquí.
Con los relatos de Perea Becerra y Quintero Marciaga, “se acreditará que Jaime Agrazal señaló que conocía sobre la existencia de un equipo para realizar escuchas telefónicas a políticos y los seguimientos que se les efectuaban para ver las actividades que realizaban”, señala el escrito de acusación presentado por Díaz.
La entrevista de Perea Becerra y Quintero Marciaga a Jaime Agrazal está consignada en un “informe de novedad”, fechado el 8 de enero de 2015. Este informe es una de las pruebas documentales que presentará el magistrado fiscal.
Al respecto, la fiscal adjunta, Rosario Ortega, se opuso a la petición de la defensa, ya que indicó que ambos testimonios guardan relación con la teoría del caso.
El magistrado juez de garantías consideró que dichas declaraciones son pertinentes, por lo que la solicitud de Arboleda fue rechazada. El resto de las pruebas testimoniales quedó aprobado.
Pruebas periciales
La defensa también pidió la exclusión de Luis Enrique Rivera Calles, perito forense del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses (Imelcf), quien participó en las diligencias de inspección ocular al correo electrónico brad.pty507@gmail.com y a varias computadoras y discos duros, efectuadas en las instalaciones del CSN.
La defensa, igualmente, objetó la comparecencia del subteniente Gustavo Adolfo Scott Valdés, de la Unidad de Análisis, Estadísticas y Difusión de la Dirección de Investigación Judicial (DIJ) de la Policía Nacional. Scott Valdés explicará el procedimiento utilizado para la transcripción del audio contenido en varios discos compactos extraídos de las diligencias de inspección ocular practicadas al correo brad.pty507@gmail.com.
La defensa calificó estas pruebas periciales de ilícitas y, además, acusó a la fiscalía de adicionar tres nuevas pruebas periciales que no estaban en el escrito de acusación original.
Arboleda acusó a la fiscalía de añadir ilícitamente los peritajes de Iris Pérez Saavedra y de Amadelis Valderrama, funcionarias de la Contraloría que hicieron una auditoría al equipo adquirido a la empresa israelí MLM Protection y que fue utilizado por el CSN para interceptar las comunicaciones.
Al respecto, la fiscal adjunta explicó que el artículo 345 del Código Procesal Penal “permite el saneamiento, corrección y adición” en el escrito de pruebas.
Indicó que estas pruebas son conducentes con la teoría de la fiscalía sobre este caso.
Tras este debate, el juez Mejía indicó que al final hará un pronunciamiento de todas las pruebas que sean señaladas como ilícitas, porque cualquier decisión que tome sobre estas es apelable ante el pleno de la Corte y su interés no es que la audiencia se retrase, sino que avance.
Pruebas documentales
En tanto, Carlos Carrillo, de la defensa de Martinelli, también presentó objeciones de varias pruebas documentales por “impertinentes” e “ilícitas” que, según él, no fueron presentadas oportunamente.
El abogado pidió que no se admita como prueba el acta de diligencia de inspección a equipos tecnológicos localizados en un allanamiento a la residencia de Alejandro Garuz -exjefe del CSN y consuegro de Martinelli-, realizado entre el 4 y 5 de marzo de 2015.
Carrillo objetó el acta de la diligencia de inspección ocular de la fiscalía en el edificio Oceanía Business, Torre 3000, piso 6.
La fiscalía explicó al juez que esta inspección al edificio Oceanía Business buscaba demostrar registros de las señales que emitió desde ahí el equipo de escuchas que está desaparecido.