JUZGADO

Niegan incidentes a Lymberópulos y a cuñado de Guillermo Ferrufino

Niegan incidentes a Lymberópulos y a cuñado de Guillermo Ferrufino
El Juzgado Primero de lo Penal lleva la causa seguida a Fotis Lymberópulos y Miguel Herrera.

El Juzgado Primero Penal rechazó por “extemporáneos e improcedentes” dos incidentes de controversia presentados por Fotis Lymberópulos y Miguel Ángel Herrera, acusados de la presunta comisión del delito de blanqueo de capitales en un proceso derivado de la investigación por posible enriquecimiento injustificado que se sigue al exministro de Desarrollo Social (Mides) Guillermo Ferrufino.

Genarino Rosas Rosas, defensor de Herrera; y Víctor Quiroz, abogado de Lymberópulos, solicitaron que se archivara el caso con el alegato de que existe doble juzgamiento de los imputados en el proceso.

En el caso de Herrera, la defensa sostuvo que en septiembre de 2015 la Fiscalía Primera Anticorrupción lo indagó con respecto a la compra de un globo de terreno en Palmeras del Golf, Coronado, que puso a nombre de la Fundación Hermanos Hefe –ligada al exministro Ferrufino–. Herrera es cuñado del exfuncionario.

Según la defensa de Herrera, la Fiscalía Séptima Anticorrupción, que lleva esta causa, también lo indagó sobre su vinculación con la citada propiedad, por lo que pidió la nulidad de la indagatoria y el archivo del caso.

En el caso de Lymberópulos, su abogado presentó el otro incidente de controversia contra la indagatoria de su cliente, ordenada el 2 de diciembre de 2016 por la Fiscalía Séptima Anticorrupción, como parte del proceso por supuesto blanqueo de capitales en que se vincula al empresario, ya que, según las investigaciones, a través de varias de sociedades que él representa “transfirió dinero y recursos financieros provenientes de actividades ilícitas a terceras personas”, recursos y bienes que habrían ido a parar a manos de Ferrufino.

La defensa alegó que ya la Fiscalía Primera Anticorrupción lo había procesado por ese caso.

LA SENTENCIA

Como se dijo, la jueza primera de lo penal, Águeda Rentería, rechazó ambos recursos por “extemporáneos e improcedentes” en un fallo fechado el pasado 23 de octubre.

En el caso de Lymberópulos, la jueza concluyó que el recurso es extemporáneo, ya que la diligencia de indagatoria se concretó el 2 de septiembre de 2016, 10 meses antes de la presentación del recurso el 27 de julio pasado.

En cuanto al incidente presentado por Herrera, la jueza lo rechazó por igual motivo y agregó que el proceso se ha llevado en estricta legalidad y bajo los requerimientos constitucionales.

Además, Rentería validó el argumento de la fiscal séptima anticorrrupción encargada, Leyda Sáez, de que “esta decisión [las indagatorias] ya se materializaron al comparecer los imputados con sus respectivos defensores a rendir sus descargos”.

Lo argumentado por ambos juristas sobre la existencia de duplicidad de causas penales por los mismos hechos fue materia de discusión en otro incidente, en este caso de nulidad, de tal suerte que, conforme a lo que plantea la Fiscalía Séptima Anticorrupción, al tenor del citado artículo 701 del Código Judicial, ambos incidentes deben ser rechazados de plano”, concluyó la jueza.


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