El próximo 8 de febrero Panamá conocerá los resultados de la evaluación a la que la Organización de Naciones Unidas (ONU) ha sometido a su regulación jurídica y distribución presupuestaria.
El objetivo es saber hasta qué punto el Gobierno cumple con los estándares de la Convención de los Derechos del Niño, un tratado internacional que el país firmó y ratificó en 1990. Pero las seis horas que duraron las sesiones de control al Gobierno pusieron al descubierto antes de tiempo el resultado: Panamá carece de una ley de protección integral para esta población.
El relator del Comité de los Derechos del Niño de la ONU, Jorge Cardona Llorens, comenzó su alocución con una crítica en profundidad al sistema panameño. En concreto, le reprochó que no cuente con una perspectiva integral para promocionar los derechos de la infancia. Para la ONU es gravísimo que este asunto no sea una “prioridad” en la agenda pública. El experto refirió que el sistema actual solo propone una “visión tutelar” de los niños, lo que significa que son tratados como objetos y no como personas.
La delegación panameña –que encabezaba Yazmín Cárdenas Quintero, directora de la Secretaría Nacional de la Niñez, Adolescencia y Familia (Senniaf)– llegó el miércoles a la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (Oacdh), situada en el histórico Palacio Wilson de Ginebra (Suiza), con una composición escuálida, privada de políticos de alto nivel. Las sesiones se desarrollaron en forma de diálogo entre los funcionarios del Gobierno y los expertos de la ONU.
Antes de eso, el Estado panameño había remitido al organismo internacional los informes número V y VI en los que dejaba constancia de sus avances, pero también de sus omisiones en la efectiva implantación de la Convención de los Derechos del Niño. La última vez que Panamá presentó un informe de este tipo fue en 2009.
TOQUE DE QUEDA
Cardona Llorens puso en duda que el toque de queda para menores de edad, aplicado en la mayor parte de las alcaldías de Panamá con base en la Ley 3 del 17 de mayo de 1994, sea una normativa que protege a la infancia. “¿Es Panamá un Estado de derecho?”, se interrogó a este respecto.
Para el organismo internacional se trata en realidad de una medida que corresponde a una privación ilegal y arbitraria de la libertad de las personas, a pesar de que se inserta en el Código de la Familia bajo el artículo sobre “menores en circunstancias difíciles”.
Esta regulación consiente que un menor de edad pueda ser retenido por los agentes de policía para ser conducido a la estación policial más cercana si se encuentra sin cédula de identificación y sin estar acompañado por un adulto responsable. En la práctica se efectúan registros policiales con métodos similares a los que se usan con los delincuentes comunes. La ONU observó el riesgo de que con esta disposición se criminalice a un niño inocente al tratarlo como si hubiera cometido un delito.
Ante esta situación, la ley prevé multas si se encuentra a un menor en las calles en los horarios no establecidos, que deberá ser pagada por los padres o los familiares más cercanos. El comité de la ONU también interrogó a Panamá sobre lo que sucede con el niño en caso de que la familia no pueda hacerse cargo de la sanción económica.
CASTIGO FÍSICO
La ONU dedicó gran parte de sus observaciones a la lacra social que supone el uso de violencia física contra los niños en el país. Así, enfatizó que Panamá es uno de los 10 países del mundo en que los niños, niñas y adolescentes corren mayor riesgo de violencia, e instó, específicamente al Gobierno panameño a prohibir los castigos corporales en todos los ámbitos, incluidos la familia, las escuelas, las guarderías y los centros alternativos de cuidados.
Según un estudio oficial publicado en 2014, el 30% de los niños en el país recibe castigos físicos como métodos disciplinarios en sus hogares. La punición corporal es legal en los hogares panameños en virtud del artículo 319 del Código de la Familia de 1994, que especifica que la autoridad parental tiene el deber y el poder de “corregir” a los niños “razonable y moderadamente”, mientras que el artículo 443 dispone algo similar en relación a los tutores/encargados.
CORRUPCIÓN
La corrupción y su relación directa con la desprotección de las capas más vulnerables de la sociedad como son los niños, en especial indígenas y afrodescendientes, también copó parte de las sesiones. En concreto, la ONU puso el foco en el desvío de fondos públicos y en la necesidad de adoptar un sistema de transparencia para administrar correctamente los recursos públicos.
El Estado panameño admitió en la documentación presentada que no cuenta con una clasificación funcional e institucional del gasto público social que muestre con claridad la orientación del presupuesto dirigido a la niñez. Ante esta situación el relator de la ONU preguntó: “Si tienen identificadas las falencias, ¿qué están haciendo para superarlas?”.
“Hace siete años ya nos dijeron aquí [que] no tienen un sistema de recopilación de datos sobre la infancia porque el software no funciona y que hay que cambiarlo”. “¿Cómo establecen políticas de infancia sin datos confiables?”, continuó Cardona.
Finalmente, el organismo internacional también mostró su preocupación porque la posible reforma de la ley de adopción –que actualmente se discute en la Asamblea Nacional– pueda abrir la puerta a la venta de niños usando la figura del acogimiento. Esto se verificaría si preconizase a la familia que acoge en el proceso de adopción por encima de los derechos de los niños.
El organismo internacional tiene razones para pensar que sin una prohibición expresa de entrega directa de los niños en las dinámicas de acogimiento familiar se recree una situación perversa de tráfico de menores. En la legislación de 2008, Panamá vetaba esta posibilidad.