Los casos penales del expresidente Ricardo Martinelli que están en conocimiento de la Corte Suprema de Justicia, o que puedan surgir en el futuro por hechos ocurridos durante su gobierno, del 1 de julio de 2009 hasta el 30 de junio de 2014, no tienen fundamento legal para ser archivados, porque exista esa obligación en el tratado de extradición que sirvió para que el Gobierno de Estados Unidos le concediera la extradición a la República de Panamá.
El principio de especialidad es una garantía procesal relativa, ya que protege al extraditado contra los abusos. El concepto detrás de este principio es muy simple: la persona solo puede ser juzgada por lo que fue requerida.
Desde que Estados Unidos y Panamá suscribieron el convenio de extradición de 1904, ya se reconocía al principio de especialidad en el artículo VIII.
Ese mismo artículo estableció dos excepciones . La primera es que el extraditado consintiera a que se le juzgara por otro delito, y la segunda es que al cumplirse la condena o declararse la absolución (sobreseimiento o sentencia), el extraditado no abandonara el territorio nacional de vuelta el país que lo extraditó.
Una tercera excepción la estableció el derecho internacional de los derechos humanos por vía de importantes acuerdos multilaterales suscritos después de la Segunda Guerra Mundial. Esa excepción es la de los delitos de lesa humanidad. Este tipo de delitos son imprescriptibles y no están amparados por el principio de especialidad. Por ejemplo, el Ministerio Público declaró la desaparición de Vernon Ramos como un caso de lesa humanidad.
Con la moderna evolución del derecho penal transnacional, el principio de especialidad se ha ido modificando, tanto por los temas de narcotráfico, blanqueo de capitales y corrupción, como por los casos de terrorismo. Sería absurdo que se extraditara a una persona por un delito, para luego descubrir que es responsable de conductas peores, y que no se le podría juzgar porque se invoca el principio de especialidad.
Esta tendencia la recoge el artículo 545 del Código Procesal Penal, que permite que las autoridades jurisdiccionales soliciten el consentimiento a Estados Unidos para continuar con los otros casos de Ricardo Martinelli. Este tipo de solicitud se ha hecho con éxito , y evita la impunidad. La Corte debería declarar el sobreseimiento temporal de los otros casos, hasta que Estados Unidos de su consentimiento. El Código Procesal Penal lo autoriza, y la Corte Suprema de Justicia está obligada a cumplirlo para evitar la impunidad y establecer el precedente de que nadie está por encima de la ley.
El autor es abogado

