La Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró nula por ilegal la resolución del Consejo de Gabinete No. 10 del 18 de agosto de 2016, por medio de la cual se aprobaron aumentos en el peaje de varias casetas en el corredor Sur.
En fallo del 4 de este mes y bajo la ponencia del magistrado Luis Ramón Fábrega, la Sala Tercera concluyó que el aumento fue ilegal, porque las autoridades no cumplieron con la consulta ciudadana.
“En virtud de que se omitió dar cumplimiento al trámite fundamental de participación ciudadana, previsto en la Ley 3 de 2002, esta colegiatura procederá a declarar la nulidad del acto por ilegal”, señala el fallo.
La Sala Tercera destaca que la participación de la comunidad es importante, a fin de que quienes pudieran resultar afectados en sus intereses o derechos con dichos actos tengan la oportunidad de obtener y analizar la información sustentadora de tales medidas y así poder emitir sus opiniones.
Para sustentar la decisión, la Sala citó un fallo con ponencia del magistrado Abel Zamorano, en el que se concluyó que “la participación ciudadana no tiene como finalidad única informar al ciudadano de una gestión pública o saber su opinión en la adopción, sino que constituye un mecanismo de integración en los asuntos que les afecten como ciudadanos y como comunidad”.
De acuerdo con el criterio de Zamorano, la consulta ciudadana es una método de concienciación y evaluación de las opciones y decisiones que se pretenden adoptar y lograr niveles de consenso, compromiso y aceptación.
La demanda contra el aumento del peaje fue presentada por la Cámara Provincial de Transporte de Panamá, por intermedio del abogado Víctor Martínez.
Según la opinión de la cámara, la decisión de los aumentos en la tarifas fue ilegal, ya que no se produjo una consulta a los usuarios del corredor Sur.
El gremio planteó en la demanda que la Empresa Nacional de Autopistas (ENA), como sociedad anónima estatal, administradora del corredor Sur, tenía la obligación de ejecutar las normas de participación ciudadana, para que los usuarios de la vía pudieran opinar sobre el ajuste de las tarifas.
ENA responde
Larisa Landau, asesora legal de ENA, dijo ayer que no han sido notificados del fallo, pero afirmó que la empresa cumplió con todos los requerimientos técnicos y legales al pedir el aumento.
Landau explicó que los ajustes tarifarios aplicados por ENA están contemplados en el contrato de concesión de 1996, en el que se establece que uno de los requisitos para efectuarlos es tener la autorización del Ministerio de Obras Públicas (MOP) y del Consejo de Gabinete.
Destacó que el MOP hizo las evaluaciones correspondientes y accedió a la solicitud de ajuste, la cual fue remitida posteriormente al Consejo de Gabinete, en el que también fue analizada y más tarde declarada viable.
Alegó que la demanda contra la resolución de 2016 se basó en un incumplimiento del artículo 24 de la Ley 6 de 2002, una norma posterior a las aplicadas para la revisión de tarifas.
Sin embargo, reconoció que será necesario analizar el fallo para conocer cuál fue el criterio de los magistrados de la Sala Tercera al momento de declarar ilegal el ajuste de tarifas aplicado.
Detalló que los ajustes se aplicaron en tres casetas del corredor: Punta Pacífica, vía Israel y en el entronque de Chanis. En el resto de las casetas del corredor Sur, dijo, no se dieron ajustes en las tarifas por circulación de los usuarios, por lo que el fallo no las afecta.
ENA señaló en un comunicado que no proyecta nuevos aumento de tarifas.
Este medio solicitó una reacción a la Secretaría de Prensa de la Presidencia de la República en relación con el tema, pero informó que las autoridades no han sido notificadas aún sobre el fallo de la Sala Tercera, por lo que desconocen los alcances de dicha sentencia.