La Fiscalía Tercera Anticorrupción negó una petición para efectuar un careo entre el exvicepresidente Felipe Pipo Virzi y el excandidato a diputado por el partido Cambio Democrático (CD) Porfirio Ellis, dentro de la investigación que adelanta ese despacho por irregularidades en el fallido proyecto de riego de Tonosí, a cargo de la empresa Hidalgo & Hidalgo (H&H).
Así lo confirmó José Nelson Brandao, abogado de Ellis, quien había solicitado la diligencia para esclarecer que su cliente no recibió un cheque por la suma de $319 mil proveniente de la sociedad Summer Venture, Inc., cuyos firmantes son Ricardo Ricky Calvo Latorraca, Magdalena Latorraca de Calvo y el propio Virzi.
Brandao detalló que también solicitó que se efectúe una inspección a los archivos del intervenido Banco Universal, en donde –asegura– existen constancias de que su cliente nunca acepta el citado cheque.
Dijo que también presentó una solicitud de fianza de excarcelación a favor de Ellis, la cual hasta el momento no ha sido resuelta por las autoridades judiciales.
En la actualidad Ellis permanece detenido en la sede de la Policía, en Ancón, y sobre Virzi pesa la medida cautelar de casa por cárcel.
Por otro lado, el Juzgado Decimocuarto Penal negó un incidente de controversia a la defensa de Virzi, que pedía que se concluyera la investigación por el vencimiento del plazo de cuatro meses para instruir el expediente. La investigación se inició el pasado 22 de diciembre y está a cargo de la Fiscalía Tercera Anticorrupción, liderada por Ruth Morcillo.
El recurso fue interpuesto por el abogado José María Castillo, en representación de Virzi, quien alegó que debido a que venció el plazo de investigación se debía declarar nula la cautelación de cuentas bancarias y la indagatoria.
El juez José Carrera, en resolución del 1 de julio pasado, negó el recurso al considerar que la demora en concluir la investigación no es causal de nulidad, sino que puede producir una sanción administrativa que debe ser impuesta por el superior jerárquico de la fiscalía.
Carrera citó el artículo 2035 del Código Judicial, que establece sanciones que van desde $5 hasta $25 por demoras injustificadas.