El Ministerio de Salud (Minsa) hizo público un decreto por medio del cual se establecen medidas de emergencia para la prestación de servicios por parte de profesionales de la salud extranjeros, el cual busca agilizar el proceso de acreditación de estos especialistas.
Este personal que llegó al país el pasado 24 de diciembre, procedente de Cuba, se encuentra en un proceso de inducción y capacitación en las guías de tratamiento y protocolos de trabajo establecidos por el Minsa, y hasta el momento no ha ingresado a los hospitales.
El decreto señala que deben obtener un permiso de la Dirección General de Salud Pública del Minsa que les habilitará para laborar en el sector público. Además, los títulos y créditos expedidos por las universidades extranjeras serán revisados por el Colegio Médico y la Dirección General de Salud.
El Minsa basó esta decisión en la Ley 66 del 10 de noviembre de 1947, por medio de la cual se aprueba el Código Sanitario. Esta normativa indica en su artículo 85 que le corresponde al Minsa adoptar las medidas de emergencia que sean impostergables en caso de epidemia u otras calamidades públicas, por lo cual le faculta a contratar el personal transitorio que sea necesario para hacer frente a la situación.
Actualmente, la Ley 89 de noviembre de 2013 que regula la contratación de profesionales de la salud extranjeros establece que para obtener un registro temporal estos especialistas deben cumplir con todos los requisitos que exige el Consejo Técnico de Salud, y que los títulos y créditos expedidos por las universidades extranjeras serán evaluados por la Universidad de Panamá. Además indica que serán contratos individualmente y no por grupos o contingentes.
El Consejo Técnico de Salud está integrado por el Minsa, que lo preside, por el director de la Caja de Seguro Social, el decano de la Facultad de Medicina de la Universidad de Panamá, un veterinario del Ministerio de Desarrollo Agropecuario, y tres miembros de asociaciones médicas representadas en el Colegio Médico de Panamá.
Para los miembros del Consejo Consultivo de Salud Francisco Sánchez Cárdenas y Jorge Luis Prosperi el decreto busca que estos médicos, puedan ejercer su labor con mayor agilidad.
Sánchez Cárdenas dijo que primero hay que analizar que hay una amenaza sanitaria y 4 mil 500 casos diarios, lo que hace necesario cualquier apoyo profesional en este instante.
“Se ha buscado un personal fresco y hay médicos que están cansados después de nueve meses de pandemia. Si hay un tecnicismo legal que cumplir, que sea por la vía más rápida, y eso es lo que se busca con este decreto. Es necesario poner a esos médicos a trabajar, ya que el Consejo Técnico puede demorar hasta seis meses en aprobar una idoneidad”, acotó.
Dijo que durante la pandemia la Facultad de Medicina aceleró 400 idoneidades de medicina general para reforzar hospitales, policlínicas y centros de salud, y solo aceptaron 50.
Igualmente mencionó que hubo reuniones y compromisos por parte de todas las asociaciones médicas de aportar personal y hojas de vida. En ese contexto, detalló que se aportaron cuatro especialistas y tres declinaron por temor al Covid-19.
Prosperi coincidió en que con el decreto se espera agilizar la participación de los médicos foráneos en los hospitales, pero remarcó que el que esto sea exitoso dependerá de la Dirección General de Salud y el Colegio Médico.
Nuestros pacientes siguen requiriendo de una atención especializada. El médico especialista extranjero que no reúna las competencias no podrá trabajar, pero en esta etapa lo que se espera es que las hojas de vida se analicen de forma objetiva y con la mayor rapidez posible”, puntualizó.
A juicio de Prosperi, aunque ahora la revisión de los médicos foráneos pasará por la Dirección General de Salud y el Colegio Médico habrá un proceso riguroso, muy parecido al del Consejo Técnico, pues todas las asociaciones médicas del país tienen representación en el Colegio Médico de Panamá.
Se consultó a Alfredo Macharaviaya, secretario de acreditación del Colegio Médico, e informó que hasta el momento no han recibido comunicación por parte del Minsa sobre la “hoja de ruta” para verificar la idoneidad de estos profesionales.
Macharaviaya, quien también es expresidente del colegio, sostuvo que luego de la publicación del decreto en Gaceta Oficial no han recibido documentación oficial, sin embargo, señaló que para el análisis de todos los documentos el colegio solicitará la opinión de las sociedades médicas correspondientes. Es decir, si el profesional foráneo es un médico intensivista, su información deberá ser remitida a la Asociación Panameña de Médicos Intensivistas.
Sobre el tema, Domingo Moreno, coordinador de la Comisión Médica Negociadora Nacional, subrayó que estamos en una crisis y en un país en emergencia sanitaria. “La condiciones de rigidez de ciertas leyes impiden tomar decisiones que beneficien a la población. Algunas decisiones que se toman en tiempos normales no son las mismas que en emergencia. Si el principio fundamental es salvar las vidas considero que es viable el uso de este decreto”, aportó.
En cambio, Enrique Mendoza, decano de la Facultad de Medicina de la Universidad de Panamá, sostuvo que el decreto viola la normativa sobre nombramiento de este tipo de personal, ya que le asigna al Colegio Médico la tarea de revisar créditos y diplomas dados por universidades de otros países, cuando esa es una función de la Universidad de Panamá.
“Un decreto no puede estar por encima de una ley”, resaltó Mendoza.
Se consultó al Minsa y a la directora general de Salud, Narja Porcell, para conocer los alcances de este decreto y si no era necesario el aval del Consejo Técnico de Salud para que los médicos extranjeros comiencen a trabajar en el país, pero no hubo respuesta.
