Una demanda ante la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia, que pretende la nulidad de los artículos 4 y 8 del Decreto Ejecutivo 71 del 5 de febrero pasado, que impone medidas sanitarias en las provincia de Panamá y Panamá Oeste, fue presentada por el abogado Ernesto Cedeño.
La acción penal argumenta que es ilegal el artículo 4 del decreto, con el que se impone toque de queda en Panamá y Panamá Oeste desde las 9:00 p.m. hasta las 4:00 a.m., ya que el Código Sanitario solo permite la aplicación de cuarentena para los enfermos, pero no para todas las personas.
Asimismo, la demanda advierte que el artículo 8 del decreto también es ilegal, ya el órgano Ejecutivo no tiene la facultad para otorgarle una gama de poderes al Ministerio de Salud, a través de una resolución motivada.
Con este decreto, y en el contexto de la pandemia de la Covid-19, el ministro de Salud, Luis Francisco Sucre, puede restringir la movilidad, imponer toques de queda y cuarentena total, y tomar decisiones sobre la reapertura de actividades económicas.
En la demanda, Cedeño solicita a los magistrados de la Sala Tercera que suspendan provisionalmente los efectos del decreto.