Desde enero se aclaró el principio de especialidad

Desde enero se aclaró el principio de especialidad
Ricardo Martinelli gobernó Panamá entre 2009 y 2014. En junio de 2018 regresó extraditado de Estados Unidos a Panamá. Archivo


Desde el pasado 17 de enero reposa en el Ministerio Público (MP) una carta del Ministerio de Relaciones Exteriores en la que consta la posición oficial del Departamento de Estado de Estados Unidos (EU) que se resume en que el principio de especialidad ya no es aplicable al expresidente Ricardo Martinelli.

Se trata de una nota que firma Vladimir Franco, director de Asuntos Jurídicos Internacionales y Tratados de la Cancillería, en la que le comunica al procurador general de la Nación, Eduardo Ulloa, que la entonces consejera económica de EU en Panamá, Roxanne Cabral, les había remitido una carta (15 de enero de 2020) en la que Thomas Hainemann, consejero legal del Departamento de Estado de EU, afirmaba que Martinelli ya no era objeto del principio de especialidad en materia de extradición.

Esto, dado que el principio de especialidad contemplado en el tratado de extradición suscrito por ambos países en 1904 no aplicaba en adelante, raíz de que a Martinelli se le ha permitido viajar fuera de Panamá desde el 15 de septiembre pasado.

Es la misiva que envió Hainemann al MP el 12 de diciembre pasado, y que da vía libre para investigar, procesar, y juzgar a Martinelli en Panamá en aquellos casos que no están ligados a la causa por la que fue extraditado por Estados Unidos en junio de 2018: el de los pinchazos, proceso del que fue declarado “no culpable” en agosto de 2019.

De hecho, la Corte Suprema de Justicia remitió seis expedientes al Ministerio Público en los que se vincula al exmandatario.

En marzo pasado, Delia De Castro, secretaria general del Ministerio Público, envió notas a la Cancillería en las que solicita que sirva como canal para que el Departamento de Estado se pronuncie sobre el principio de especialidad.

Por esta razón el equipo de abogados del exgobernante querelló penalmente a De Castro, acusándola de “extralimitación de funciones”.

Contradicción

La querella contra la funcionaria judicial fue publicitada por el propio Martinelli en su cuenta de Twitter.

“No quiero pensar que este Gobierno está haciendo lo mismo que el de [Juan Carlos] Varela. Alterando los casos e interviniendo en el Ministerio Público. Además de esto, siguen tratando de violarme el sagrado principio de especialidad reconocido desde el día uno en que llegué a Panamá”, dijo el expresidente en un video que publicó en la red social, y en el que también manifestó que no quería pensar que en Panamá habían dos justicias, “una para todo el mundo, y una exclusiva para los Martinelli”. De hecho, en la querella se afirma que De Castro, fue una de las personas que en la administración de la procuradora Kenia Porcell, “contribuyó a la violación de los derechos humanos” de Martinelli. Recuerdan que ella “tuvo participación directa” en el proceso de extradición de Martinelli.

Al inicio del proceso por el caso los pinchazos, De Castro, formó parte del equipo del MP encargado de los alegatos en el juicio.

Estos cuestionamientos surgen la mismas semana en que allegados y medios de comunicación del gobernante han defendido la labor del procurador Ulloa, especialmente luego de que saliera a relucir que había nombrado a un martinellista como fiscal superior, y había rotado a fiscales que estaban a cargo de casos de alto perfil.

Enviar una carta no es un delito

La querella interpuesta por el abogado Luis Camacho, en representación del ex presidente Ricardo Martinelli, contra la actual secretaria general de la Procuraduría General de la Nación, Delia De Castro, pretende que la funcionaria sea castigada por un supuesto delito de abuso de autoridad y de infracción de los deberes de los servidores públicos.

En la querella de 9 páginas, se señala a la funcionaria de ser responsable de enviar un nota al Director de Asuntos Jurídicos Internacionales y Tratados del Ministerio de Relaciones Exteriores, Vladimir Franco, “con la finalidad de que por ese conducto el Departamento de Estado de los Estados Unidos de América, se pronunciara respecto al Principio de Especialidad bajo el cual se concedió la extradición a Panamá del señor Ricardo Martinelli Berrocal”.

Según el numeral 2 del Artículo 400 del Código Judicial, los secretarios de las fiscalías tienen una función administrativa de mantener la comunicación y la relación con otras oficinas públicas. En otras palabras, una de sus funciones es la de remitir notas solicitando información o la realización de algún trámite.

En la querella también se señala que De Castro debe apartarse de cualquier asunto vinculado al ex presidente, porque participó en una audiencia de los pinchazos y pertenecía al equipo de la anterior Procuradora General. Los artículos 398 del Código Judicial y 74 del Código Procesal Penal especifican que la obligación de imparcialidad y de apartarse por motivos que la pongan en duda, es exigible únicamente a los fiscales. La secretaría general no es una fiscalía.

La querella incluye una reclamación económica por 500 mil dólares, que sería demostrada a través de la siguiente forma: “Se practique peritaje al señor Rircardo Alberto Martinelli Berrocal, por conducto del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, específicamente por especialistas en psicología y psiquiatría, a efectos de dejar constancia de los sufrimientos y angustias ocasionados por el actuar arbitrario de la señora Delia De Castro, a efectos de que queden documentadas dentro de la carpeta las afectaciones sufridas a nivel personal, familiar, patrimonial y económica.” Estados Unidos hizo saber a Panamá, por vía de dos canales distintos, el de la cooperación judicial y el de los intercambios diplomáticos, que el 12 de diciembre de 2019 ya ese país dejó de considerar a Martinelli como tutelado por el principio de especialidad. La gestión de la secretaria general era reiterativa; es decir, el Ministerio Público ya conocía la respuesta.

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