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Diputados desafían fallo de la CSJ sobre salario de suplentes y principales

Diputados desafían fallo de la CSJ sobre salario de suplentes   y principales

Pese a la existencia de un fallo de la Corte Suprema de Justicia de 2017 que establece claramente que los diputados principales y suplentes no pueden ejercer paralelamente su función legislativa y cobrar por ello, la Asamblea Nacional nunca cumplió este veredicto.

El abogado Julio Linares envió al presidente de la Asamblea, Marcos Castillero, una carta en la que le pregunta el fundamento legal en el que el Legislativo se basa para esta práctica.

Copia de esta nota también se le envió al contralor general de la República, Gerardo Solís, quien tiene como función la fiscalización de las finanzas públicas.

El procurador de la Administración, Rigoberto González, ha hecho un llamado a a la Comisión de Credenciales de la Asamblea para que se acate el fallo de la Corte.

Ernesto Cedeño, el abogado que presentó la denuncia contra esta práctica, dijo a este diario que es inadmisible que los diputados desafíen un fallo de l a Corte.

Aún no acatan fallo de la CSJ

El sustento legal del pago a los diputados titulares cuando se ausentan de su curul en el Órgano Legislativo habilitando a sus suplentes está en entredicho.

En una carta fechada el pasado 21 de enero y remitida al presidente de la Asamblea Nacional, Marcos Castillero, el abogado Julio Linares le recuerda que existe un fallo de la Corte Suprema de Justicia del 10 de mayo de 2017 en el que se señala que los emolumentos de los diputados solo serán otorgados cuando ejerzan el cargo “durante las sesiones ordinarias y extraordinarias”.

Además, dice el abogado, el fallo es claro en señalar que “el ejercicio de la función pública conlleva... el cumplimiento efectivo de la jornada laboral y de todas aquellas obligaciones que le atañen”.

El fallo, en su página 19, plantea que diputados principales y suplentes no pueden ejercer de forma paralela la función legislativa.

Por ello Linares le hace una serie de preguntas a Castillero: ¿Cuál es el fundamento legal de la Asamblea para pagarle emolumentos, salarios, dietas y retribuciones a los diputados principales que no están ejerciendo su curul? ¿Reciben los diputados principales emolumentos fuera del período de sesiones y cómo se justifica legalmente esto?

Además, pregunta si cuando los suplentes no están reemplazando al principal reciben salarios, dietas, gasolina u otros emolumentos. También pide que le expliquen en qué se basa la Asamblea para hacer este pago.

El contralor general de la República, Gerardo Solís, quien tomó posesión del cargo a principios de enero en el despacho de Marcos Castillero, también recibió una copia de esta carta, ya que, como parte de sus deberes está la fiscalización del uso de los fondos públicos.

Hay que recordar que, tras aquel fallo, el procurador de la Administración, Rigoberto González, hizo un llamado a la Comisión de Credenciales, Reglamento, Ética Parlamentaria y Asuntos Judiciales para que se acatara el fallo de la Corte.

Sin embargo, la Comisión nunca se reunió para abordar este tema.

El abogado Ernesto Cedeño, quien inicialmente presentó la denuncia ante la Corte, calificó como “falta de respeto al manejo adecuado de la cosa pública y a la transparencia que debe caracterizar a un órgano del Estado, que además debe dar ejemplo”. Agregó que los diputados deben pronunciarse de una vez por todas en el sentido de si respetan o no los fallos de la Corte.

“Sencillamente no han querido abordar este tema para no afectar sus intereses y desafían la honra y las normas constitucionales”, dijo.



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