El procurador de la Administración, Rigoberto González, solicitó a la Corte Suprema de Justicia que declare inconstitucional dos artículos de la Ley 37 de 2009, referentes a las licencias con sueldo a alcaldes y representantes de corregimiento, lo que ha permitido que, en la práctica, estos funcionarios reciban doble salario del Estado.
El artículo 72 y el artículo 83 de la ley que descentraliza la administración pública, que indica que el representante de corregimiento y su suplente, y el alcalde y vicealcalde que resultaron electos, respectivamente, “gozarán de licencia con sueldo en el cargo público, no podrán ser despedidos y el tiempo de licencia le será reconocido para jubilación, sobresueldo o cualquier otro beneficio. En el caso de laborar en la empresa privada, gozarán de licencia”.
En una nota enviada a la Corte, el 21 de octubre pasado, González señala que ambos artículos “representan un fuero o un privilegio para las personas que ocupan un cargo público, pues se beneficiarán con una licencia con sueldo, en detrimento de aquellas que provienen de la empresa privada, a quienes le corresponde una licencia sin sueldo”.
Agregó que las frase “con sueldo”, contenida en los artículos 72 y 83 de la Ley 37 de 2009, son infractores del artículo 19 de la Constitución, que señala que “no habrá fueros o privilegios ni discriminación por razón de raza, nacimiento, discapacidad, clase social, sexo, religión o ideas políticas”.
El procurador también advirtió que la licencia con sueldo para los alcaldes y representantes de corregimiento sería violatoria del artículo 303 de la Constitución, el cual establece que “los servidores públicos no podrán percibir dos o más sueldos pagados por el Estado, salvo los casos excepcionales que determine la Ley, ni desempeñar puestos con jornadas simultáneas de trabajo”.
El procurador añadió que con la redacción de los referidos artículos dentro de la ley de descentralización, “el legislador ha propiciado la creación de situaciones injustas a favor o en beneficio de determinadas personas, en perjuicio de otras”.
La opinión del procurador se produce dentro de la demanda de inconstitucionalidad que presentó el abogado Roberto Ruiz Díaz, contra los artículos 72 y 83 de la Ley 37 de 2009, el pasado 27 de septiembre.
Una investigación de La Prensa reveló que el alcalde de Capira, Jorge Ramos, es funcionario en licencia con sueldo de la Asamblea Nacional, donde cobra $3 mil al mes como conductor asignado a la oficina de su prima, la diputada Yanibel Ábrego.
Ramos fue denunciado ante la Fiscalía Anticorrupción del Ministerio Público por la presunta comisión de los delitos contra la administración pública y contra el orden económico. Junto a Ramos fueron denunciados Mintoys Ávila y Adnán González, presidente y vicepresidente de la Asociación Pro Desarrollo del Distrito de Capira, respectivamente, y también funcionarios del despacho de Ábrego.
En 2020, la Contraloría General de la República reveló que un total de 30 alcaldes y 172 representantes de corregimiento tienen licencias con sueldo, es decir, tienen doble salario.