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En el sector público, el acoso sexual sólo puede ser denunciado por las víctimas

En el sector público, el acoso sexual sólo puede ser denunciado por las víctimas
La consulta fue presentada por la Caja de Seguro Social a la Procuraduría de la Administración. Archivo

Los servidores públicos no podrán denunciar ante autoridad competente los casos de acoso sexual que se registren dentro de las instituciones a menos que lo hagan en calidad de víctimas, ya que se trata de delitos de acción pública dependiente de instancia privada, es decir que la denuncia solo puede ser interpuesta por la persona afectada, quien deberá acreditar esa condición ante el Ministerio Público (MP).

Así lo señaló el procurador de la Administración, Rigoberto González, al resolver una consulta presentada por la presidenta de la junta directiva de la Caja de Seguro Social (CSS), Aida Ureña de Maduro.

La consulta C-194-21 de Ureña de Maduro, con fecha del pasado 21 de noviembre, está orientada a establecer si es correcta la posición de la administración de la CSS de no denunciar el conocimiento de un supuesto delito de acoso sexual, ya que es la víctima quien debe hacerlo. En ese documento, Ureña de Maduro también se cuestiona las posibles consecuencias legales que podrían enfrentar los funcionarios de la CSS, de no cumplir con lo establecido en el artículo 83 del Código Procesal Penal, que les obliga a “denunciar los delitos de acción penal pública, que en el ejercicio de sus funciones o en ocasión de esta llegasen a su conocimiento” .

Sin embargo, el procurador González determinó que los funcionarios solo están obligados a denunciar aquellos delitos de los que tuvieran conocimiento a raíz del ejercicio de sus funciones y que pudieran ocasionar perjuicio a la institución. Pero aclara que en los casos de acoso sexual, el agente de instrucción (fiscal) solo podrá iniciar una investigación cuando se presente la denuncia de la propia víctima y que si dicha denuncia es presentada por una tercera persona la misma no será legítima.

Recalcó que los funcionarios de la CSS solo están obligados a denunciar supuestos actos delictivos de los que tuviesen conocimiento en el ejercicio de sus funciones y que pudiesen ocasionar un perjuicio a esa entidad.

A la vez, planteó que los funcionarios que no cumplan con denunciar actos ilícitos relativos al ejercicio de sus funciones o que afecten al Estado, podrán ser sancionados administrativamente y enfrentar acciones de carácter civil.


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