Excontralores del país coinciden en que la Contraloría General de la República cuenta con suficientes recursos para aplicar acciones legales a la Asamblea Nacional, luego de que la presidenta de ese órgano del Estado, Yanibel Ábrego, obstaculizó una auditoría forense a la planilla 080, de los diputados.
El excontralor Carlos Vallarino afirma que la Contraloría puede ordenar suspender el pago de salarios, remuneraciones y otras asignaciones de cualquier clase en el Legislativo.
Mientras que el también excontralor Alvin Weeden, dijo que el contralor Federico Humbert podría sancionar a Ábrego por incumplir la orden de la entidad encargada de fiscalizar los fondos públicos; y suspender su firma como presidenta del Legislativo por no estar en capacidad de manejar fondos.
Instan a la Contraloría a tomar acciones contra la Asamblea
La Ley 32 de 8 de noviembre de 1984, ley orgánica de la Contraloría, le da facultades al contralor Federico Humbert para hacerle frente a la negativa de la presidenta de la Asamblea Nacional, Yanibel Ábrego, a que se audite la planilla 080, que contiene el personal de “confianza” de los 71 diputados.
En eso coinciden los excontralores Carlos Vallarino y Alvin Weeden, quienes argumentan que Humbert debe tomar todas las medidas necesarias para proteger los fondos públicos.
Afirman que el contralor podría suspender el pago de salarios, remuneraciones o asignaciones, tomando como base el artículo 29 de la mencionada ley.
“Otro artículo que se puede aplicar en este caso es el 30. Este dice que es obligación de la Contraloría cuidar que las cuentas sean rendidas oportunamente y en la forma establecida, al igual que el adoptar las medidas que sean pertinentes en caso de incumplimiento de esta obligación, o cuando descubra irregularidades en el manejo de los bienes y fondos públicos”, sustenta Vallarino.
Weeden, por su parte, insta a Humbert a que sancione a Ábrego por irrespetar sus resoluciones. “Estoy anonadado y absolutamente indignado de que un funcionario se atreva a desconocer los derechos y deberes constitucionales de la Contraloría en un tema, como lo es la rendición de cuentas”, planteó.
El artículo 81 de la Ley 32 de 1984 señala que todos los servidores públicos prestarán a la Contraloría la cooperación que esta solicite en el cumplimiento de sus atribuciones. De acuerdo con esa norma, le deben suministrar los informes, documentos, registros y demás elementos de juicio que requiera.
De infringir esta ley, el contralor y el subcontralor pueden imponer multas de hasta $100. También impondrán dicha sanción cuando, en el ejercicio de sus funciones, un servidor público o un particular desobedezca sus órdenes.
“El contralor también podría quitarle la firma como presidenta de la Asamblea por demostrar que no está capacitada para ser una funcionaria de manejo”, añadió Weeden.
El excontralor también consideró que la Corte Suprema de Justicia debe declarar improcedente el amparo de garantías presentado por Ábrego, recurso que usó la diputada para impedir a los auditores de la Contraloría hacer su trabajo.
En tanto, el abogado Ernesto Cedeño expresó que Humbert está en capacidad de presentar una querella ante la Corte contra la presidenta del Legislativo “por abuso de autoridad”.
Mientras, el procurador de la Administración, Rigoberto González, reiteró que la Contraloría tiene la facultad para determinar en dónde se requiere una auditoría.
Los hechos
En la mañana del pasado miércoles, un grupo de auditores de la Contraloría acudió al Palacio Justo Arosemena para auditar la planilla 080, pero Ábrego les impidió hacer su trabajo, alegando que esa mañana había presentado un amparo de garantías contra la resolución que ordenaba esa diligencia.
Desde el año 2015, el monto mensual de la planilla 080 (por diputado) se elevó de $4 mil a $30 mil. En ella figuran familiares directos de diputados, activistas políticos, entre otros, que aparecen como promotores comunitarios y deportivos. No se ha revelado qué tipo de trabajo hacen y en qué horario. Este es uno de los motivos por los que la Contraloría pretende hacer una auditoría forense.