Extinción de dominio: la experiencia de un juez

Extinción de dominio: la experiencia de un juez
Marco Villeda, juez de extinción de dominio de Guatemala, ayer en el Foro Internacional sobre Extinción de Dominio. Isaac Ortega


Marco Villeda, juez de extinción de dominio de Guatemala, dice que las autoridades de la región deben actualizar sus herramientas para luchar contra el crimen organizado, incluyendo la aprobación de leyes sobre la materia como la extinción de dominio, debido a que estas organizaciones criminales se han vuelto trasnacionales, sofisticadas y complejas.

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La extinción de dominio, añade, es una figura importante para quitarles esas fuentes de poder a los criminales. Villeda tiene 10 años trabajando en esa esfera judicial, y ayer habló de su experiencia en el marco del Foro Internacional Sobre Extinción de Dominio, evento organizado por el Ministerio de Seguridad Pública, Crime Stoppers, y el International Republican Institute, entre otros.

Expuso, por ejemplo, sobre por qué se necesita una ley de este tipo, y por qué la misma no viola el debido proceso, ni las garantías, o el derecho a la propiedad privada.

La cárcel no basta

Plantea que la captura o el encarcelamiento de los cabecillas de los grupos criminales no necesariamente solucionan el problema. Ello debido a que una vez encarcelado el cabecilla, queda a cargo el segundo al mando, o en otros casos el jefe manda la cárcel, a raíz de que sigue manejando recursos económicos, que es el que le da el poder a un grupo criminal.

“Ninguna organización criminal puede operar si no tiene recursos, sin recursos no hay posibilidad de que estas organizaciones puedan avanzar en sus proyectos criminales”, añadió el juez.

La ley de extinción de dominio en Guatemala fue puesta en marcha en 2010, sin embargo, Villeda dijo que al principio la norma tuvo críticas. “Muchos decían que la ley violaba la garantía del derecho a la propiedad privada. Otros decían que violentaba la presunción de inocencia, el derecho de defensa, y el debido proceso”, contó, para luego recordar que esta no es es una ley penal sino una norma que crea un nuevo proceso, en este caso para el combate al crimen organizado.

El juez de Guatemala destacó que ningún Estado puede proteger aquella propiedad que es producto del crimen. “El patrimonio de origen criminal es contrario a los fines sociales por dos razones: primero, porque se le manda un mal mensaje a los ciudadanos y se les hace creer que pueden acumular fortuna de cualquier forma; y segundo, porque crea descontento social” explicó.

Según la experiencia del juez Villeda, la actuación de la fiscalía por lo general puede demorar de dos a tres años en la investigación, pero una vez el caso llega al juez, este puede emitir un fallo en uno o dos meses, cuando se trate de un caso complejo.

En Panamá

En abril de 2021, el Ministro de Seguridad Pública, Juan Pino, presentó una propuesta de ley ante la Asamblea Nacional para crear la jurisdicción de extinción de dominio en el país. Se trata del proyecto de ley 625. Después de que la ciudadanía reclamara su discusión, la Comisión de Gobierno del Legislativo, que preside el diputado perredista Leandro Ávila, lo desempolvó el 1 de febrero pasado. Entonces se creó una subcomisión compuesta por tres diputados para analizar el tema. La diputada Corina Cano, quien preside la subcomisión, explicó a este medio que el equipo técnico de la comisión está elaborando un informe en el cual se determinará si el proyecto contempla las garantías fundamentales que consagra la Constitución. “De igual forma estamos a la espera de la emisión de concepto por parte del Órgano Judicial, el Ministerio Público, y el Ministerio de Economía Finanzas, toda vez que la implementación de esta ley exige estructura especial y autónoma para despachos, personal especializados, además de estructuras para una debida conservación de bienes, por lo que requiere de un presupuesto considerable”, añadió.

En tanto, Jonathan Riggs secretario general del Ministerio de Seguridad Pública, y funcionario que ha estado a cargo del tema, sobretodo con el trámite legislativo, habló de las fortalezas de la figura. “Las personas de bien que tienen cómo justificar bienes, títulos, valores, capacidad financiera, no tienen por qué temer, porque la Constitución Política protege el derecho a la propiedad legítimamente obtenida con el trabajo, esfuerzo, herencia, y actividad comercial legítima. Lo que no puede gozar de legitimidad ni de protección constitucional es algo que no tiene cómo demostrarse que fue obtenido legalmente”, dijo Riggs.

El proyecto de ley 625 se presentó en el Legislativo en momentos en que los tentáculos de la narcopolítica generan ruido en los poderes del Estado y los perfiles de los grupos del crimen organizado se diversifican. Precisamente, la Asamblea ha sido objeto de múltiples cuestionamientos. Uno de ellos es que no ha jugado su rol para crear leyes que saquen al crimen organizado del sistema político del país.

(Con información de Dalia Pichel)


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