Fábrega busca tumbar la revocatoria

Fábrega busca tumbar la revocatoria
José Luis Fábrega fue electo alcalde en mayo de 2019, con 173 mil 289 votos, para el período 2019-2024. Archivo


El alcalde capitalino José Luis Fábrega presentó un recurso de apelación, en el proceso iniciado para solicitar la revocatoria de su mandato.

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El alcalde pidió a la Dirección Nacional de Organización Electoral del Tribunal Electoral (TE), que dirige Ósman Valdés, que se revoque la Resolución del 3 de marzo de 2022, emitida por la oficina de ese ente en Panamá Centro, y se ordene el archivo de la solicitud de revocatoria presentada por el abogado Roberto Ruiz Díaz.

En el escrito de apelación, la defensa legal de Fábrega, a cargo del abogado Carlos Carrillo, argumenta que la inclusión de los alcaldes dentro del Decreto 49 del 24 de noviembre de 2020, que regula los procesos de revocatoria de mandato, viola la Constitución. Agrega que la Carta Magna no establece la aplicación de la revocatoria de mandato en contra de los alcaldes, “toda vez que lo dispuesto en el artículo 227 de la Constitución solo hace alusión a la figura de los representantes de corregimiento y no a los alcaldes”.

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Apelacion de Fabrega contra la Revocatoria de Mandato.pdf

Otro de los argumentos que plantea la defensa de Fábrega es que un proceso de revocatoria vulnera la voluntad política del electorado. Esto, porque al crearse un procedimiento para sacar del cargo a los alcaldes, no establecido en la Constitución, según esta interpretación, afectaría la voluntad de los electores, quienes han escogido su representación ante el régimen municipal por un término determinado (2019-2024).

“En otras palabras, el mandato constitucional solo permite al legislador desarrollar el procedimiento para la revocatoria de mandato y no introducir nuevos funcionarios que pudiesen verse afectados por la misma”, señala.

En el escrito, Carrillo también señala que el alcalde capitalino enfrenta dos procesos de revocatoria de mandato, cuando la norma electoral indica que solo puede haber uno a la vez.

Agrega que se trata de una solicitud que hizo Raúl Ricardo Rodríguez al magistrado Heriberto Araúz el 4 de agosto de 2020. Pero, según dice, al alcalde no se le ha notificado de este supuesto proceso. Al no existir una decisión, continúa, la solicitud de Ruiz Díaz, hecha el pasado 21 de febrero, no debió admitirse.

Alrededor de 200 mil firmas habría que recoger en un período de 120 días para convocar a un referendo revocatorio. Por norma electoral, los solicitantes de la revocatoria necesitarán el 30% del padrón de la circunscripción electoral del año en que fue electo el funcionario. En 2019, el padrón del distrito capital era de unas 650 mil votantes. Es decir, que la cifra superaría las 195 mil firmas.

El proceso para iniciar la recolección de firmas tiene que esperar hasta que la resolución atacada por Fábrega quede en firme.


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