La Sala Contencioso Administrativa de la Corte Suprema de Justicia declaró nulo el ascenso al rango de mayor de Luis Alberto Saldaña Castillo, hecho el 14 de mayo de 2016.
El fallo resuelve una de las primeras demandas impulsadas por el exministro de Seguridad, Rolando Mirones, que denunció en agosto del 2019 una serie de ascensos a funcionarios de la Policía Nacional y otros estamentos de seguridad, otorgados durante la administración del expresidente Juan Carlos Varela (2014-2019).
En el caso de Saldaña, la demanda de nulidad fue presentada por el entonces asesor del Ministerio de Seguridad (Minseg), José Luis Romero.
La decisión de la Sala Tercera de la Corte, con ponencia del magistrado Carlos Vásquez, precisa que en este caso, el Minseg violó la ley orgánica de la Policía, que regula los ascensos y méritos de miembros de esa institución.
Según el fallo, Saldaña fue ascendido al rango de capitán el 6 de junio de 2014 y nuevamente fue beneficiado con un ascenso al rango de mayor, el 20 de mayo de 2016.
El fallo resalta que Saldaña estuvo como capitán 11 años y 5 meses. El manual de ascensos de la Policía precisa que para ascender al rango de mayor, Saldaña debía permanecer 14 años como oficial y cinco años en el rango anterior (capitán).
Según el magistrado Vásquez, el Minseg incumplió con el requisito específico que se exige para el nivel de oficiales, por lo que dicho ascenso es nulo.
A la vez, destaca que si bien los miembros de la Policía Nacional tienen derecho a ascensos periódicos según lo establece su ley orgánica, estos deben ceñirse a los requerimientos establecidos por dicha norma y el Manual de Ascensos de la Policía.
La decisión de la Sala Tercera de la Corte coincidió con la apreciación del procurador de la Administración, Rigoberto González, quien sostuvo que el ascenso concedido a Saldaña no cumplió con los requisitos específicos que se exigen para el nivel de oficiales de ese rango (mayor).
Desviación de poder
El procurador González recalcó que el Ministerio de Seguridad se apartó de la ley y los reglamento, vulnerando el debido proceso, y actuó con desviación de poder.
Igualmente, señala que el Minseg, al apartarse de los lineamientos del ordenamiento jurídico, incurrió en un vicio, que hace anulable el acto demandado.
También sostiene que el ascenso debió ser emitido por el presidente de la República, con la participación del Minseg, lo que demuestra que aquello, así como el ajuste salarial, se realizó violando las normas legales vigentes.
Por su parte, la firma Ortega Legal Group, abogados de Saldaña, alegó que el ascenso otorgado a su cliente a través del Resuelto No. 106 del 14 de abril de 2016 del Minseg, fue expedido en debida forma y atendiendo a las normas legales vigentes. En ese momento, Rodolfo Aguilera ocupaba el cargo de ministro de Seguridad.
La firma de abogados planteó que el ascenso cumplió con las normas de personal y que fue sometido a la revisión de una comisión evaluadora, que rinde sus recomendaciones y conclusiones en un acta que se levanta para tales efectos.
En septiembre del 2019, el exministro Mirones presentó varias demandas de nulidad contra ascensos realizados en la Policía.
En esa ocasión, Mirones dijo que hubo funcionarios que fueron “de la calles a la Policía”, que recibieron ascensos y jubilaciones de $4 mil y $5 mil al mes.

