La declaratoria de culpabilidad de Luis Enrique Martinelli Linares, el pasado 2 de diciembre, genera efectos jurídicos en Estados Unidos y, a su vez, puede tener un importante impacto sobre el caso Odebrecht en Panamá.
Cotidianamente, la justicia panameña conoce de pruebas practicadas en el extranjero y de evidencias suministradas por gobiernos amigos. Las primeras son el producto de diligencias solicitadas por la justicia panameña, que por vía diplomática se realizan en otro país o que son practicadas ante el respectivo cónsul panameño en dicha jurisdicción. La segunda clase de pruebas son generadas y compartidas por gobiernos amigos a partir de sus propios trámites y procesos judiciales.
Las pruebas generadas por el proceso contra los hermanos Ricardo Alberto y Luis Enrique Martinelli Linares pertenecen a la segunda categoría.
El Ministerio Público de Panamá puede obtener las pruebas del proceso contra los Martinelli Linares en Nueva York, por vía del Tratado de Asistencia Legal Mutua. Existe una oficina en el Ministerio de Gobierno que actúa como punto de contacto para los intercambios judiciales entre Panamá y Estados Unidos en materia penal.
A Panamá le debe interesar no sólo las declaraciones de culpabilidad acordadas en Nueva York, sino también los informes y declaraciones juradas que contienen lo presentado por la fiscalía federal del Distrito Este de Nueva York.
En esos documentos se incluyen descripciones detalladas de la ruta del dinero, el origen de las transacciones y una parte importante de los participantes de los actos delictivos.
Como los casos relativos a los sobornos de Odebrecht en Panamá se están llevando en el sistema inquisitivo mixto, hay oportunidad de usar estas pruebas, ya sea porque la jueza del caso –Baloisa Marquínez, del Juzgado Tercero Liquidador de Causas Penales– ordene adicionar pruebas al expediente o porque el Ministerio Público considere que hay la evidencia suficiente para abrir un caso contra otras personas que no son parte de los expedientes actuales.
Los hermanos Martinelli Linares no estarán presentes en el proceso en Panamá (sí podrán estar sus abogados), porque tienen sus propias responsabilidades ante la justicia de Estados Unidos. Sin embargo, debe quedar claro que el proceso de Nueva York es por delitos cometidos contra las leyes de Estados Unidos, mientras que los casos de Panamá son por violaciones distintas a las de las leyes estadounidenses. Esto significa que no habría doble juzgamiento.
La justicia panameña debería darle seguimiento a la solicitud de extradición de los hermanos a Estados Unidos presentada en 2018, para que quede registrado ante dicho país que Panamá tiene todavía interés en llevar adelante los casos aquí desarrollados. Esto es importante, porque la práctica es que los extranjeros, que cumplen condenas en Estados Unidos, sean deportados al terminar su periodo de prisión. Si no hay una solicitud de extradición, el extranjero puede escoger el país al cual sería deportado, en aquellos casos en los que tiene múltiples nacionalidades.
Así, las pruebas de Nueva York pueden ayudar a que en Panamá se haga justicia.


