La Oficina de Asesoría Legal de la Lotería Nacional de Beneficencia (LNB), institución que dirige Gloriela del Río, considera que las actas de la junta directiva de esta entidad deben tener carácter “confidencial y de acceso restringido”.
Así lo planteó el jefe de esta oficina, Alejandro Arias, en una nota dirigida a la Procuraduría de a la Administración para consultar sobre el tema.
Al respecto, el procurador Rigoberto González le respondió a Del Río en una misiva con fecha del 18 de junio. Señala que las actas no son instrumentos clasificados como confidenciales o de acceso restringido, pero sí pudieran adoptar tal carácter si lo declara una autoridad competente ateniéndose a la Ley de Trasparencia. Agregó que cuando se trata de información sensible que involucre a terceros, puede entregarse la información de las actas exceptuando esta parte de los datos.
No es la primera vez que la LNB busca impedir al acceso a información. En 2019, ante una solicitud de este diario, Del Río clasificó de acceso restringido la información sobre los tenedores de libretas de Lotería. Pero ella misma revocó su decisión luego de que la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (Antai), basada en la la Ley 6 de 2002 y la Ley 33 de 2013, anunciara un proceso en su contra.
LNB: Falta de transparencia y fallas en procesos de sorteos
Después del escándalo en la Lotería Nacional de Beneficencia (LNB) por presuntos malos manejos que marcó todo el mes de mayo y que motivó la apertura de pesquisas por parte del Ministerio Público (MP), de la Fiscalía General Electoral (FGE), de la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (Antai) y de la Contraloría General de la República, dentro de la institución hay quienes prefieren restringir información de interés público.
El pasado 1 de junio, una semana después de que la junta directiva de la LNB interrogara, a puertas cerradas, por varias horas a la directora, Gloriela del Río, sobre las denuncias de presunta corrupción, Alejandro Arias, jefe de Oficina de Asesoría Legal de la institución, envió una consulta al procurador general de la Administración, Rigoberto González, en la que plantea que las decisiones que reposan en actas de la junta directiva de la LNB deben ser información confidencial y de acceso restringido por tratarse de temas sensibles. Además, según el funcionario, debe garantizarse la reserva del sumario, toda vez que en estos momentos algunos temas son investigados por el Ministerio Público (MP).
En efecto, el MP investiga denuncias de irregularidades en la devolución y cobros ilegales de billetes de los sorteos regulares y del Gordito del Zodiaco. Asimismo, la FGE investiga supuesto proselitismo en horas laborables en la LNB tras las denuncias de siete exfuncionarias, quienes narraron que por órdenes de Del Río se les obligaba a inscribir adherentes en el oficialista Movimiento Liberal Republicano Nacionalista.
Posición del procurador
El procurador González respondió la consulta el pasado 18 de junio, en una extensa misiva dirigida a Del Río en la que sustenta por qué en base a la Ley de Transparencia y a la Constitución esta información sí debe tener carácter público, pero hace algunas salvedades.
Plantea que las actas de la directiva de la LNB, por ser actos de administración interna, no son instrumentos clasificados como confidenciales o de acceso restringido, “pero sí pueden adoptar tal carácter de información confidencial o de acceso restringido si es declarado así por la autoridad correspondiente de acuerdo a lo que señala el artículo 14 de la Ley N° 6 el 22 de enero de 2002”.
La citada norma indica que la información definida por esta Ley como acceso restringido no se podrá divulgar por un período de diez años, salvo que antes del cumplimiento del período dejen de existir las razones que justifican el acceso restringido.
González plantea que si bien las actas de la junta directiva son de carácter público cuando se trate de información sensible o que involucre a terceros sí puede restringirse o limitarse el acceso con el aval de las normas de Transparencia.
Hay que recordar que el artículo 43 de la Constitución Política dispone que toda persona tiene derecho a solicitar información de acceso público o de interés colectivo que repose en bases de datos o registros a cargo de servicios públicos o de personas privadas que presten servicios públicos, siempre que ese acceso no haya sido limitado por disposición y escrita y por mandato de la Ley.
En su carta, González recuerda que son atribuciones de la directiva de la Lotería pronunciarse sobre la actividad de la entidad para adoptar decisiones con el propósito de superar problemas institucionales, medidas estas que pueden contener información confidencial, pero para que se considere así debe declararlo como tal un funcionario competente. En este caso podría ser la dirección de la entidad.
Ya la LNB tiene precedentes en este tema. El 13 de agosto de 2019, Del Río declaró como confidencial y de acceso restringido toda aquella información y documentación que reposa en los archivos y registros de esa institución relacionada con los tenedores de libretas de lotería. Ante las críticas ciudadanas y el inicio de una investigación por parte de Antai, Del Río revocó su decisión y se vio obligada a cumplir con la Ley de Transparencia, publicando la lista de los 13 mil 676 billeteros.
Precisamente la Antai es otra de las instituciones que en junio de este año anunció investigaciones administrativas por el nuevo escándalo en la LNB, pero no se han conocido resultados.
Sin cámaras de seguridad en lugares clave
De lo que sí se ha tenido reportes es de las auditorías a los procesos que inició la Contraloría.
Esta entidad, que tiene un representante en la junta directiva de la LNB, llevó a cabo una “evaluación” de cinco sorteos en distintas agencias a nivel nacional para determinar posibles fallas en los procesos.
En un informe, enviado directamente a Del Río, se determinaron “70 incidencias” distintas.
Se mencionó, por ejemplo, que las cámaras de seguridad en ciertas agencias de billeteros no están funcionando. Se demostró que hay horas del día en el cual el video no se registra. Según el informe, las inconsistencias de este tipo se registran “debido a problemas eléctricos y reinicios constantes”.
Otras de las incidencias que se registra en el informe, el cual firma el contralor General, Gerardo Solís, es inconsistencias y falta de orden en la devolución de los billetes y chances por parte de los billeteros.
Se menciona la devolución de grandes cantidades de billetes cerca de la hora de cierre, de billeteros que cuentan dinero dentro de las instalaciones y de falta de insumos necesarios para asegurar la transparencia en la devolución y destrucción de billetes no vendidos.
Según el informe, otras de las agencias que se evaluaron no cuentan con auditores internos para verificar las cantidades de billetes vendidos y devueltos. Además, en algunos casos no se tiene personal encargado para vigilar el área de la caja.
Las incidencias reportadas, detalla el informe, fueron recopiladas en 18 agencias a nivel nacional por los fiscalizadores de la Contraloría.
Toda esta información es clave para las pesquisas que adelanta el Ministerio Público, porque, por ejemplo, puede pedir un video como prueba, pero al no existir, esto puede entorpecer la búsqueda de posibles responsables.