Una “mala interpretación” de la Constitución Política y de la Ley de Contrataciones Públicas que rige el control previo y posterior de las obras que se ejecutan en estado de emergencia -como la construcción del hospital modular de Albrook, por $6.9 millones- originó un debate escrito entre el abogado Julio Linares Franco y el contralor general de la República, Gerardo Solís, sobre el procedimiento aplicado para el refrendo del hospital modular.
En una nota que envió Linares este viernes 30 de octubre a Solís, destaca que la Constitución no indica que el contralor “puede refrendar un contrato de manera potestativa o discrecional, como usted [Solís] lo interpreta”. “Se demuestra que no existe esa facultad para que el contralor pueda refrendar una obra pública, prácticamente cuando le dé la gana”, se queja Linares.
Lo anterior fue la réplica de Linares a una carta que Solís le envió el pasado 20 de octubre, en respuesta a interrogantes que éste le enviara al contralor previamente, en septiembre pasado. Linares, en esa primera carta, se refería a la normativa legal para refrendar el millonario contrato entre el Ministerio de Obras Públicas (MOP) y la empresa SmartBrix Centroamérica.
Ahora, Linares destaca que el procedimiento especial al que se acogió Solís para darle el refrendo al contrato se encuentra estipulado en el artículo 78 de Ley 22 de 2006 de Contrataciones Públicas. Este artículo indica que las entidades “deberán publicar” en Panamá Compra los respectivos contratos “debidamente refrendados por la Contraloría General” en un plazo “no mayor de cinco días hábiles contados a partir de la fecha de recepción del contrato, por parte de la entidad contratante”.
Linares resalta que la norma es clara, por lo que le recordó a Solís que el procedimiento especial de adquisiciones de emergencia “no elimina la necesidad de que antes del inicio de la obra pública, el contrato se encuentre refrendado”. Pero ese no fue el caso del hospital modular, que fue refrendado por la Contraloría después de haber sido construido.
A inicios de septiembre, Solís refrendó el millonario contrato entre el MOP y SmartBrix, desechando advertencias de miembros de la sociedad civil, como la Fundación para el Desarrollo de la Libertad Ciudadana, y del procurador de la Administración, Rigoberto González, sobre posibles irregularidades administrativas en este contrato.
Linares sostiene que la Constitución establece el control previo o posterior de la Contraloría y citó una nota de un antecesor de Solís, que en mayo de 2000 indicó taxativamente que “la fiscalización se constituye en control previo hasta el refrendo; y que será control posterior cuando se examinen los actos ejecutados”.
Además, Linares consideró que la interpretación de Solís “es muy delicada para las partes contratantes”, ya que el refrendo previo implica un período de fiscalización, análisis o corrección, siendo un paso previo al perfeccionamiento del contrato.
El jurista le hizo ver al contralor la importancia del refrendo del contrato antes del inicio de una obra pública, debido a que, a pesar de que finalizó la construcción del hospital, este fue “inaugurado el 16 de abril de 2020, [y] no fue sino hasta el 11 de junio que recibió los primeros pacientes. Imagino que por la gran cantidad de irregularidades encontradas”, especuló Linares.
Además, llamó la atención sobre el uso del manual de procedimiento de compras en estado de emergencia de mayo de 2020, que había sido declarado insubsistente por la Dirección General de Contrataciones Públicas, porque permitía al Estado iniciar obras sin el refrendo de la Contraloría.
En su respuesta a la primera carta de Linares, Solís defendió la contratación de SmartBrix al indicar que ésta, “ni siquiera tenía que pasar por muchos de los procedimientos de control y fiscalización al que fue sometido por la Contraloría, pues bajo esa norma jurídica, es posible que el contrato esté sujeto únicamente a control posterior, después de la conclusión de la obra”.
Solís también aseguró que, hasta la fecha, “aún no se ha desembolsado monto alguno por dicha obra”. Afirmó que sometió la contratación de SmartBrix a “un gran número de controles, durante y después de la realización de la obra”. Sin embargo, en el portal de Panamá Compra, lo único que se observa es una nota del 3 de abril pasado que envió el ministro de Obras Públicas, Rafael Sabonge, a Solís, en la que se menciona el nombre de las empresas invitadas y sus propuestas.
El funcionario añadió en su nota que la Constitución prevé que el contralor “determinará cuando ejerce el control previo y posterior” de los actos de manejo de fondos públicos y que, en el caso del contrato del hospital de Albrook, “no tenía que ajustarse” a un procedimiento ordinario de contratación.
El contralor indicó que una vez finalice el término señalado del estado de emergencia, las entidades que hayan realizado contrataciones bajo este procedimiento especial, deben rendir un informe detallado. Aclaró que es para “agilizar las contrataciones” que se utiliza el procedimiento especial.
Solís termina su nota a Linares indicando -de su puño y letra- que “valoro el interés ciudadano que muestras en el tema, aunque no coincido en tus razonamientos, respeto tu esfuerzo intelectual y el tiempo dedicado a él”.

