‘No se puede excluir de responsabilidad penal a Martinelli’

‘No se puede excluir de responsabilidad penal a Martinelli’


La Audiencia Nacional de España ordenó incluir al expresidente Ricardo Martinelli en las investigaciones que se adelantan en Madrid por los delitos de blanqueo de capitales y corrupción en transacciones internacionales.

Así consta en una decisión de la Sala de Apelaciones de dicho tribunal, que resolvió un recurso presentado por la Fundación Internacional Baltasar Garzón Pro Derechos Humanos y Jurisdicción Universal (Fibgar) en noviembre de 2020.

Según se dio a conocer ayer, a Martinelli se le tendrá como “investigado” en la causa penal que se le sigue a la constructora española FCC por el pago de sobornos en las obras contratadas durante su administración.

El tribunal consideró procedente continuar la causa penal por los delitos cometidos al menos parcialmente en España y tener a Martinelli como investigado.

Antecedentes

En octubre de 2020, Fibgar presentó una querella contra Martinelli para que fuera incluido e investigado en el proceso que sigue la Audiencia Nacional contra la multinacional Fomento de Construcciones y Contratas (FCC) y algunos trabajadores y exdirectivos de sus filiales FCC Construcción Centroamérica y Construcciones Hospitalarias, esta última contratista del muy cuestionado proyecto de la Ciudad Hospitalaria.

El auto de imputación de dicho proceso indicaba que exdirectivos de FCC habían confesado haber preparado documentos que sirvieron “de cobertura formal para la salida de fondos de la compañía hacia Mauricio Cort, como testaferro del expresidente Ricardo Martinelli, para el pago de comisiones exigidas por este último para permitir a FCC operar en Panamá”.

A diferencia de Cort, Martinelli no había sido investigado ni imputado en España. En ese momento había 14 imputados y la fiscalía anticorrupción española había determinado que “todas ellas habrían participado, en consorcio con la multinacional Odebrecht, generando sobrecostos en los contratos de suministro de acero por un valor superior a los 82 millones de euros [$96.7 millones, al cambio actual] en los proyectos de construcción de líneas del Metro y de la Ciudad de la Salud, entre otros”.

En Panamá, el Ministerio Público investiga la presunta comisión de los delitos de peculado, corrupción y blanqueo de capitales en cinco proyectos estatales: la Ciudad de la Salud [luego Ciudad Hospitalaria], la construcción del Metro, el reordenamiento vial de Vía Brasil, el ensanche de la avenida Domingo Díaz y la renovación del Casco Antiguo.

En solo uno de esos cinco proyectos investigados por las fiscalías anticorrupción se han detectado sobrecostos por más de $40 millones.

Reacción de Martinelli

Al conocer las acciones de la Fibgar ante la Audiencia Nacional, Martinelli dirigió sus dardos al exjuez Baltasar Garzón.

Empezó campaña sucia en mi contra debido al éxito de Realizando Metas. Mis enemigos usan sus contactos internacionales para que un payaso meta denuncia temeraria”, tuiteó el 5 de octubre de 2020. Y concluyó con una amenaza: “Demandaré civil y penalmente, aquí y allá”.

Juzgado cauteloso

El juzgado Segundo de la Audiencia Nacional, que instruye el caso de FCC, consideró mediante auto de 17 de noviembre de 2020 que los tribunales españoles no tenían jurisdicción para investigar el delito de corrupción pasiva internacional y que, hasta ese momento, no se daban los indicios suficientes respecto al blanqueo de activos de parte de Martinelli.

El juzgado, sin embargo, permitió que Fibgar siguiera como parte del proceso y colaborara en las investigaciones para determinar si, en efecto, se consideraba o no la comisión de delitos.

“Aunque el juzgado rechaza la querella por falta de concreción, no ordena la paralización de las investigaciones”, dijo el juez Ismael Moreno en su dictamen.

Fibgar anunció entonces que apelaría la decisión de Moreno.

Apelación

El tribunal de apelación, compuesto por los magistrados José Mora Alarcón, Julio De Diego López y José Ricardo de Prada, dio la razón a Fibgar de manera unánime y ordenó la inclusión de Martinelli en el caso.

El fallo tuvo la ponencia del jurista José Ricardo de Prada, veterano magistrado de la Audiencia Nacional, experto en el Derecho Internacional de los derechos humanos y exjuez de la Sala de Crímenes de Guerra de la Corte de Bosnia-Herzegovina, conocido en España por sus decisiones sobre los crímenes del franquismo. “Son imprescriptibles y no amnistiables”.

Según el fallo, “no puede ratificarse el auto del juzgado por el que se excluye la responsabilidad penal del Sr. Ricardo Martinelli Berrocal en el presente procedimiento, el cual deberá continuar también para él como investigado”.

Los magistrados descartaron la tesis del juzgado inferior, que alegaba falta de competencia respecto al delito de corrupción pasiva en transacciones internacionales. La sentencia menciona la conducta atribuida a Martinelli, subrayando que “es necesario decir que, a juicio del tribunal, en este momento procesal no se permite hablar de atipicidad ni de evidente falta de jurisdicción por los tribunales españoles”.

Es más –reitera el tribunal– los hechos que se relatan, sustentados en el resultado de la investigación hasta ahora efectuada…admitirían, prima facie, su consideración como una forma de participación” en los hechos que se investigan.

Los magistrados también tomaron nota sobre las imputaciones que sobre blanqueo de capitales se le señalan al expresidente.

En su criterio, el código penal español sí aplica en este caso, independientemente de que los actos se hayan producido total o parcialmente en el extranjero.

La fungibilidad del dinero no puede ser obstáculo ni pretexto para no perseguir el blanqueo de capitales a bienes operados en España sobre los que existiría sospecha fundada de su procedencia ilícita”, indicaron.

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