El Órgano Judicial tiene pendiente agendar la nueva audiencia en la que un juez de cumplimiento de la esfera penal deberá definir si Odebrecht debe ser multada por no pagar las cuotas de 2019 y 2020 del acuerdo que firmó con Panamá por el caso de los sobornos y, si es así, a cuánto asciende el monto por dicha morosidad.
El Ministerio Público (MP) calcula que la multa asciende a por lo menos $1.7 millones, de acuerdo con el acuerdo de colaboración validado en 2017. El porcentaje sobre el que se calcula la penalidad es de 5%.
Multa a Odebrecht sumaría $1.7 millones
A $1.7 millones ascendería la multa que tendría que pagar al Estado panameño la constructora Odebrecht en concepto de morosidad generada por el impago de las cuotas correspondientes a 2019 y 2020 del acuerdo de colaboración suscrito como parte del proceso de los sobornos, validado en 2017 por el entonces juez duodécimo penal, Óscar Carrasquilla.
Antes, sin embargo, la Fiscalía Especial Anticorrupción debe exponer todo lo relacionado con la multa ante un juez de cumplimiento –en una audiencia cuya fecha no ha sido fijada aún–, tal como lo dispuso este lunes el Tribunal de Apelaciones al decidir que este asunto debe resolverse en la esfera penal y no en la civil.
El Ministerio Público calcula que –con base en el acuerdo suscrito en 2017– la morosidad por el impago de las cuotas (de 5%) equivale a 1 millón 776 mil 199 dólares con 62 centésimos.
La fiscal especial anticorrupción Anilú Batista, que representó al MP en la audiencia de apelación del pasado lunes, detalló que en 2019 Odebrecht solo abonó 1 millón 142 mil 691 dólares con 41 centésimos, de una anualidad de 18 millones 33 mil dólares –fijada en el acuerdo–, por lo que la multa por morosidad (5%) correspondiente a ese año sumaría 859 mil 532 dólares con 96 centésimos.
Respecto a 2020, cuando Odebrecht no hizo ningún abono, la multa sería de 916 mil 666 dólares con 66 centésimos.
Como se dijo, estos cálculos tendrán que ser verificados ante un juez de cumplimiento, que primero, incluso, debe establecer si existe o no dicha morosidad.
Audiencia de apelación
En la audiencia del lunes, el Tribunal de Apelaciones –conformado por los magistrados Luis Mario Carrasco, Omayra Jaramillo y Carlos Rivas– revocó una decisión tomada por el juez de cumplimento Héctor Zarzavilla en audiencia del 15 de marzo, que envió a la esfera civil el proceso de pago de la multa por morosidad.
El Tribunal, sin embargo, concluyó que el acuerdo entre Odebrecht y el MP se originó de una sanción penal y, por lo tanto, tiene que ser verificado por un juzgado de cumplimiento.
Respecto al monto a pagar por la constructora en concepto de morosidad, el Tribunal indicó que esto debe ser verificado por el juez de cumplimiento, ya que en la primera audiencia –del 15 de marzo– Zarzavilla no revisó si procede el recargo y, en caso de que así sea, tiene que verificar el monto.
Osvaldo Marino Fernández, de la defensa de Odebrecht, afirmó en la audiencia ante el Tribunal de Apelaciones que su cliente no ha incumplido el acuerdo.
Afirmó que desde el año pasado los representantes de Odebrecht en el país han remitido tres cartas al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), con el fin de que el Estado panameño pague lo que le debe a la constructora por distintas obras y, así, honrar el pago de la multa. Sin embargo, aseguró todavía no ha recibido respuesta.
Como se dijo, el Órgano Judicial tiene pendiente fijar la fecha para la nueva audiencia.