Por falta de prueba idónea, el pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) no admitió una denuncia contra el diputado Sergio Gálvez por la presunta comisión de un delito electoral en la modalidad de libertad y pureza del sufragio.
La denuncia fue promovida por el abogado Carlos Rubio por unos hechos registrados el 7 de julio de 2013. Se señala que Gálvez celebró una actividad en El Chorrillo, festejando su reelección como presidente de la Asamblea Nacional, siendo del mismo circuito electoral. Además, se refiere a que Gálvez y sus activistas entregaron dinero en efectivo a quienes asistían a dicha celebración.
Culmina señalando que la intención de tipificar el delito, conocido como clientelismo, es evitar la compra de votos, ya sea de fondos públicos y privados y la alteración de la voluntad de los electores.
El magistrado ponente, Luis Ramón Fábrega, explicó que la denuncia de Rubio incluyó tres copias extraídas de la web que corresponden a tres medios de comunicación escritos (La Prensa, La Estrella y Crítica). Pero, según Fábrega, al no haber pedido que se la autenticaran esas publicaciones por los respecitos medios, a él no le consta “la veracidad de tales publicaciones”.
Además, el pleno detalló que “de manera que al no contarse con pruebas que revistan e requisito validez, pues las mismas han sido aportadas en copias simples, careciendo con ellos del carácter de idóneas, como para tenerlas como suficientes para dar inicio a la investigación acerca de los hechos denunciados”.