Por “no constituir delito lo investigado”, el Segundo Tribunal Superior de Justicia confirmó un fallo del Juzgado Decimocuarto Penal que sobreseyó definitivamente a 22 personas acusadas de la presunta comisión de delitos contra la administración pública –diferentes formas de peculado– en perjuicio de la Caja de Ahorros (CA).
Este proceso guarda relación con presuntas irregularidades en un préstamo de $9 millones otorgado en 2012 por la CA a la empresa HPC-Contratas-P&V para la construcción del Centro de Convenciones de Amador, que no se concretó.
El fallo del Segundo Tribunal favorece al expresidente de la junta directiva de la CA Riccardo Francolini; al exgerente de la entidad Jayson Pastor; y al exvicepresidente de la República Felipe Pipo Virzi.
Asimismo, a Ricardo Arango Pezet, Ricardo Chanis Correa, Fernando Correa Jolly, Anastacio Ruiz De León, Elyonor Samudio de Ávila, Rodrigo Alonso Arosemena, Eric Quintero Ysern, Voldy Ivor Wedemeyer Ortega y Luis Jafet Díaz Bethancourth.
También a Mauricio Ortiz, Ricardo Alberto Calvo Latorraca, Manuel Antonio Morales, Luisa Sánchez Ovalle, Rolando López, Claudio Poma Murialdo, Tobías Garrido Nicolau, Jairzon Hurtado, Iván Clare y West Valdés, estos dos últimos exdirectivos de la extinta casa de valores Financial Pacific.
La decisión del Tribunal se conoció en horas de la tarde de ayer a través de la cuenta de Twitter del Órgano Judicial. “Segundo Tribunal Superior de Justicia de Panamá confirma sobreseimiento definitivo a favor de todos los imputados en el caso de la Caja de Ahorros, por no constituir delito lo investigado”, tuiteó la institución judicial.
De acuerdo con el fallo de los magistrados, “uno de los varios elementos necesarios para considerar como peculado la conducta de los que participaron en la gestión del préstamo, era el constatar que el préstamo no estaba garantizado, o sea, que se dispensó la suma de dinero sin respaldo económico para enfrentar un posible incumplimiento, y esto no se comprobó en el voluminoso expediente contentivo de aproximadamente 40 tomos y 20,000 fojas”.
Antecedente
En agosto de 2018, el Juzgado Decimocuarto Penal, a cargo de la jueza Vilma Urieta, decretó el sobreseimiento definitivo de los imputados en el proceso.
Urieta alegó que la fiscalía no demostró que se había dado una lesión patrimonial. “Se trató de una actividad comercial, netamente mercantil, entre un particular y un banco que tiene injerencia del Estado, pero que, al momento de realizar la transacción, lo hacía como ente que maneja dinero de particulares”, indicó el fallo, fechado el 22 de agosto de 2018.
Dos semanas después, el 3 de septiembre, el fiscal anticorrupción de descarga Adecio Mojica, a cargo de la investigación, apeló el fallo del juzgado ante el Segundo Tribunal, alegando, entre otros aspectos, que “el peculado es un delito formal que no requiere la necesaria presencia de una lesión patrimonial. A la administración pública la lesiona el peculado, sin consideración al valor, en su concepto de integridad, prestigio, confianza de los asociados en el Estado y en sus instituciones, siendo secundario el daño económico que puede o no existir”.
Consultado ayer por la decisión del Tribunal Superior, el fiscal Mojica dijo que evalúan las posibles acciones que podrían tomar como parte del proceso.