Que queden excluidas del beneficio de las penas sustitutivas de prisión domiciliaria y trabajo comunitario las personas que cometan algún delito contra la administración pública. Esta es una de las propuestas planteadas en un anteproyecto de ley presentado al pleno de la Asamblea Nacional.
La iniciativa, que impulsa el diputado independiente Gabriel Silva, modifica los artículos 108, 98 y 63 del Código Penal y los artículos 349 y 509 del Código Procesal Penal. De esta forma se dejaría claro, entre otras cosas, que la suspensión condicional de la ejecución de la pena no procede cuando se trata de delitos contra la administración pública. Con esto, según Silva, se busca evitar la burla de quienes roban al Estado y con dinero mal habido convierten sus casas en mansiones en las que viven en “arresto domiciliario”.
Tampoco tendrán el beneficio de cambio de penas aquellas mujeres condenadas por dicho delito y que se encuentren en estado de gravidez o hayan tenido un parto reciente, hasta que el niño cumpla un año de edad. Es entonces, según la iniciativa, que el juez podrá ordenar la prisión domiciliaria.
Además, se establece que el funcionario que acepte un nombramiento para un cargo público o perciba remuneración del Estado sin prestar el servicio será sancionado con $150 a $300 días-multa.
La propuesta surge días después de que en un proyecto de Silva sobre delitos sexuales, se incluyó un artículo que obliga a los jueces a decretar trabajo comunitario o arresto domiciliario a los condenados a penas menores de cinco años.