Un anteproyecto de ley presentado por el diputado oficialista Marcos Castillero permitiría la titulación de la reserva forestal El Montuoso, en la provincia de Herrera.
La iniciativa también establece que la denominación del área protegida cambiaría de reserva forestal a reserva hidrológica.
En su exposición de motivos, Castillero señala que en esta área existen oportunidades de desarrollo: proyectos ecoturísticos, acceso a nuevos mercados y siembra de productos agrícolas no tradicionales. A su vez, indica que los habitantes del área no tienen título de propiedad que les permita tener acceso a crédito bancario.
La Ley 41 de 1998 establece que las áreas protegidas, al ser bienes de dominio público, no pueden ser tituladas, al menos que la persona residiera allí previo a la creación de la reserva ecológica. Incluso, si la persona contara con el título estaría condicionada al uso o manejo que determine el Ministerio de Ambiente.
Para el biólogo del Centro de Incidencia Ambiental, Isaías Ramos, esto sentaría un mal precedente, pues abriría un compás para titular áreas protegidas del país.
Propuesta de ley amenaza reserva forestal El Montuoso
El anteproyecto de ley 58 que declara reserva hidrológica El Montuoso, en Herrera, y subroga la Ley 12 de 1977, trae a la palestra el debate sobre la titulación de áreas protegidas.
La Ley 41 de 1998 (Ley de Ambiente) establece que las áreas protegidas, al ser bienes de dominio público, no pueden ser tituladas, al menos que la persona resida en el lugar previo a la creación de la reserva ecológica. Incluso, si la persona contara con dicho título, estaría condicionado al uso o manejo establecido para determinado sitio por el Ministerio de Ambiente.
No obstante, el pasado mes de julio, el diputado del Partido Revolucionario Democrático (PRD) y expresidente de la Asamblea, Marcos Castillero, presentó el anteproyecto de ley 58, a través del cual la reserva forestal El Montuoso pasaría a convertirse en reserva hidrológica.
Si bien a simple vista parece que se busca garantizar la protección del área, los ambientalistas señalan que en una reserva forestal se cuidan principalmente los bosques, junto a las reservas hídricas que lo componen, mientras que en la reserva hidrológica se le brinda prioridad a los recursos hídricos, llámense ríos o quebradas, y sólo a los bosques que están a su alrededor, llamados bosques de galería. Es decir, los demás bosques quedarían desprotegidos.
La iniciativa indica que la Dirección Nacional de Áreas Protegidas del Ministerio de Ambiente realizará el saneamiento y la delimitación del área protegida, así como el correspondiente deslinde de tierras donde se encuentren residiendo personas con derecho de tenencia, y que declarará “zona de regularización” ciertas áreas de la reserva hidrológica.
El estudio tenencial de las tierras sería responsabilidad del Ministerio de Ambiente, la Autoridad Nacional de Administración de Tierras y otras entidades; mientras que los derechos posesorios y de propiedad sobre las tierras dentro de dicha área ecológica se otorgarán en la zona delimitada en el estudio y sólo para aquellas personas que residan en el sector objeto de titulación.
Actualmente, la reserva forestal El Montuoso tiene una extensión de más de 12 mil hectáreas y fue creada mediante la Ley 12 del 15 de marzo de 1977. Es considerada por organizaciones ambientales, como el Centro de Incidencia Ambiental y la Alianza para la Conservación y el Desarrollo, uno de los últimos refugios de biodiversidad en esa zona golpeada por la deforestación.
La defensa
En su exposición de motivos, Castillero subraya que la reserva El Montuoso tiene como fortaleza la cantidad y calidad del agua, así como un elevado potencial turístico, con gente trabajadora y recursos forestales dentro del área protegida y, sobre todo, pobladores en sus predios “ansiosos” de participar en los procesos que conlleven al manejo del sitio, de manera que permita su bienestar social y económico.
“En dicha área existen oportunidades de desarrollo de proyectos ecoturísticos, acceso a nuevos mercados, desarrollo y producción de productos agrícolas no tradicionales, así como la necesidad de tener mejores accesos a servicios y vías de comunicación y procesos de planificación en áreas protegidas que generen el desarrollo de proyectos que mejoren la calidad de vida de sus residentes”, planteó el diputado en el documento.
Área protegida
La reserva forestal El Montuoso fue creada con la Ley 12 del 15 de marzo de 1977, con una extensión de 12 mil 43 hectáreas. Está ubicada en la provincia de Herrera, entre los corregimientos de Chepo, El Toro y Leones. Fue conformada con el objetivo de conservar y mantener tanto la calidad del agua como los caudales de los ríos circundantes. Además, pretende la protección de bosques y el rescate de humedales de la cuenca alta del río La Villa.
Igualmente, mencionó lo que considera “ciertas debilidades de la reserva” relacionadas al patrullaje de vigilancia y asistencia técnica agropecuaria poco eficiente y no continua y, sobre todo, que los habitantes del área no tienen título de propiedad que les permita tener acceso a crédito bancario.
De hecho, con ese mensaje concluyó su exposición de motivos: “por todo lo antes señalado, estimados colegas diputados, con su voto favorable a este anteproyecto, adicional daremos seguridad jurídica a personas indefensas, campesinos olvidados que han vivido por muchos años en esta región del país y que no cuentan con un título de propiedad”.
Ecologistas alertas
En palabras de Isaías Ramos, biólogo del Centro de Incidencia Ambiental, el anteproyecto de ley implica una “regresión” en la protección ambiental y es ilegal.
Desde su punto de vista, la iniciativa busca modificar un área protegida sin sustentarse en los procedimientos técnicos y de participación ciudadana requeridos por el Ministerio de Ambiente. “Su objetivo parece ser dejar la vía libre para que se titulen tierras de El Montuoso, pero las áreas protegidas son bienes de dominio público y, como tales, no son susceptibles de apropiación privada”, puntualizó.
Ramos recordó que la norma vigente reconoce los derechos de propiedad previos a la creación de las áreas protegidas y somete a sus titulares a las restricciones de uso o manejo establecidas por el Ministerio de Ambiente.
Susana Serracín, integrante de la Alianza para la Conservación y el Desarrollo, consideró que la propuesta debe ser analizada de manera responsable, crítica y objetiva, para evitar desaciertos o errores que en vez de mejorar la calidad de vida de la población y resguardar el ambiente, produzcan el efecto contrario.
A juicio de Serracín, el contenido del anteproyecto enfatiza el tema de otorgar títulos de propiedad a los habitantes del área, aunque reconoce que serían condicionados al plan de manejo que desarrolle el Ministerio de Ambiente. Afirma, empero, que la iniciativa de ley carece de un enfoque que desarrolle cómo se van a cuidar las aguas.
“En otras palabras, no establece normas sobre la protección de la reserva de aguas, la recuperación de las zonas de nacimiento de agua y controlar los procesos de alteración de la calidad del recurso hídrico”, dijo.
También manifestó que se debe tener “cuidado” con el saneamiento de los límites, porque en el proceso se pudieran perder hectáreas. Además argumentó que es una realidad que hay personas que se establecieron en la zona luego de la creación del área protegida y sólo se les debe otorgar derechos posesorios y no títulos.
La activista envió un mensaje a los diputados: es un tema delicado que no puede ser tomado a la ligera y que no puede manejarse con improvisación o para satisfacer fines políticos por todas las implicaciones que conlleva.
Se intentó obtener la posición de Castillero, así como del ministro de Ambiente, Milciades Concepción, pero al cierre de la edición no hubo respuesta.
Mal precedente
El sector ambiental considera que esto sentaría un precedente para comenzar a titular otras áreas protegidas valiosas para el país.
Ya en diciembre de 2020, el presidente de la República, Laurentino Cortizo, sancionó la Ley 188 de 2020, que creó la comarca Naso. El reclamo de los ecologistas se centró en que 125 mil hectáreas que fueron otorgadas a la comarca están dentro del Parque Internacional La Amistad; otras 21 mil quedan dentro del Bosque Protector Palo Seco.
En el caso del Parque Internacional La Amistad, este fue declarado patrimonio de la humanidad por la Organización de Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco, por sus siglas en inglés).
El artículo 6 de esa normativa estableció que los títulos de propiedad y los derechos posesorios registrados ante la Autoridad Nacional de Tierras, adquiridos previo a la vigencia de la ley, debían ser reconocidos por las autoridades tradicionales indígenas y nacionales.
Esos derechos o títulos pueden ser traspasados teniendo la comarca la primera opción de compra y, de no hacer uso de ese derecho, se podría vender a terceros.
Esta propuesta de ley fue presentada en 2018 por Ausencio Palacios y Benicio Robinson.


