La Corte Suprema de Justicia no admitió una denuncia penal contra los diputados Benicio Robinson, Zulay Rodríguez y Néstor Guardia por la presunta comisión del delito de peculado en perjuicio de Pandeportes.
Se trata de una denuncia interpuesta por el excandidato presidencial Ricardo Lombana, en el año 2018, contra una grupo de diputados, por el manejo irregular de fondos aportados por Pandeportes a sus partidas circuitales, federaciones y asociaciones deportivas.
En aquella ocasión, Lombana advirtió de que sus expectativas sobre la respuesta de la Corte no eran buenas dado los casos anteriores, haciendo referencia a que los magistrados suelen rechazar las investigaciones que impliquen a una investigación a los diputados.
El caso del resto de los denunciados (Miguel Salas, Carlos Afú, Javier Ortega, Juan Poveda, Katleen Levy, Alfredo Pérez, Adolfo Valderrama e Iván Picota) pasó al Ministerio Público, ya que dejaron de ser diputados tras las elecciones de 2019.
La Corte no admitió las denuncias, alegando falta de prueba idónea (artículo 488 del Código Procesal Penal) que establece que las querellas deberán ser promovidas por escrito a través de un abogado. Para que se admitan deben aportarse datos de identidad del denunciante y de su abogado, domicilio del querellado, así como “una relación precisa, clara y circunstanciada del hecho atribuido, lugar y tiempo de su realización”. Y la prueba idónea, según un fallo de la Corte de 2014, implica proporcionar “un medio adecuado y apropiado para justificar la verdad de los hechos que se señalan como delictivos”.
Misterio
El Ministerio Público abrió una investigación sobre estos hechos, luego de que La Prensa publicara una serie de reportajes sobre el uso de los fondos asignados por Pandeportes, gestionados por diputados y que supuestamente fueron usados para la adquisición de implementos deportivos y desarrollo de ligas en sitios en los que dichos torneos no existen y lugares en los que ni siquiera hay canchas.
El fallo de la Corte, con fecha del pasado 3 de diciembre de 2020 y bajo la ponencia del magistrado Hernán De León, fue comunicado a través de un edicto fijado el 6 de enero de 2021.