Recurso de José Luis Fábrega ante la Corte Suprema no frena el proceso de revocatoria de mandato

Recurso de José Luis Fábrega ante la Corte Suprema no frena el proceso de revocatoria de mandato
Ahora la Corte Suprema de Justicia deberá decidir si admite o no la demanda de inconstitucionalidad presentada por el alcalde José Luis Fábrega contra la revocatoria de mandato. Archivo


A pesar de que el alcalde de Panamá, José Luis Fábrega, presentó una demanda de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) contra el proceso de revocatoria de mandato en su contra, la recolección de firmas, a partir del próximo 20 de abril, no se detendrá.

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Así lo aseguraron dos abogados conocedores del derecho electoral. El exmagistrado del TE Guillermo Márquez Amado explicó, por ejemplo, que este recurso podría tener algún efecto sobre el proceso de revocatoria cuando la Corte emita un fallo y este quede debidamente ejecutoriado.

Mientras que el exfiscal electoral Boris Barrios coincidió con la opinión de Márquez Amado de que la demanda de inconstitucionalidad no detiene el proceso.

Barrios detalló que si se tratase de un amparo de garantías constitucionales podría decretarse la suspensión provisional del acto, si así el tribunal lo dispone.

A juicio de Barrios, en este caso la demanda presentada no es viable, porque la revocatoria de mandato popular es un procedimiento legal y no constitucional.

Los argumentos

Entre los argumentos presentados por la defensa de Fábrega ante la Corte se destaca la supuesta violación del artículo 227 de la Constitución, contenido en el titulo VIII sobre regímenes municipales y provinciales.

De acuerdo con el recurso, presentado por Carlos Carrillo, abogado de Fábrega, una de las causales para la pérdida de representación es la revocatoria de mandato, pero que ello “sólo es aplicable a los representantes de corregimiento y esta no puede hacerse extensiva a los alcaldes”.

También plantea que la decisión del TE presuntamente viola el artículo 32 de la Constitución, ya que al haberse admitido la solicitud de revocatoria se estaría atentando contra el “debido proceso al que tiene derecho todo ciudadano”.

El documento sostiene que el TE hizo “una interpretación incorrecta de la norma al extender a los alcaldes una disposición que sólo es aplicable a los representantes de corregimiento”.

El pasado 1 de abril, la Dirección Regional de Organización Electoral de Panamá Centro del TE dio luz verde para la recolección de firmas. Este despacho dispuso que para revocarle el mandato al alcalde se requieren 198 mil 920 firmas –30% del padrón electoral del distrito de Panamá–, que deben ser recolectadas en tres meses.

Fábrega, militante del oficialista Partido Revolucionario Democrático, tiene el rechazo de la ciudadanía por la poca capacidad de gestión e ignorar las consultas ciudadanas.

Por estos días, Fábrega gestiona la construcción de un nuevo mercado del marisco a un costo de $43 millones. Pero, la consulta pública para el proyecto está bajo escrutinio, porque solo contó con la participación de 22 personas. Se realizó en la junta comunal de Calidonia, a cargo del representante de corregimiento perredista Ramón Ramoncito Ashby.


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