Los sobornos de Siemens y Mossack Fonseca

Los sobornos de Siemens y Mossack Fonseca


Un allanamiento realizado por la Fiscalía Segunda Especializada contra la Delincuencia Organizada a las oficinas de la firma Mossack Fonseca (MF), el 12 de abril de 2016, dejó al descubierto documentación que señalaría que directivos de la empresa alemana transnacional Siemens mintieron a las autoridades judiciales de ese país en una investigación por delitos de ocultamiento de fondos no declarados, los cuales presuntamente fueron utilizados para pagar sobornos en varios países.

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De esa diligencia judicial se pudieron rescatar expedientes -en soporte de papel- que revelaron un número plural de personas jurídicas que eran titulares de cuentas bancarias a las que fueron a parar estos fondos.

La información recabada también forma parte de la investigación publicada por el periódico alemán Suddeutsche Zeitung -que compartió a través del Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación con más de 100 medios de comunicación a nivel internacional-, y que habría revelado un entramado de sociedades constituidas por la firma panameña y que luego fueron puestas a disposición de líderes políticos, deportistas y empresarios del mundo para supuestamente ocultar sus patrimonios.

Como parte de dicha investigación periodística, este diario publicó un reportaje que reveló una estructura gerencial creada para mover dinero de la transnacional alemana, lo que habría servido de origen para que la fiscalía panameña solicitara una asistencia judicial a la Fiscalía de Múnich.

El MP y la fiscalía alemana intercambiaron información que permitió a las autoridades del país europeo reabrir el caso Siemens y a la fiscalía panameña obtener nuevos hallazgos en el caso MF.

Legislación sobre el blanqueo de capitales

El artículo 254 del ‘Código Penal’ señala que quien personalmente o por interpuesta persona reciba, deposite, negocie, transfiera o convierta dineros, títulos, valores, bienes u otros recursos financieros, previendo razonablemente que proceden de actividades relacionadas con el soborno internacional u otras actividades ilícitas, será sancionado con pena de 5 a 12 años de prisión.



Contenido

Tras un proceso de análisis, la fiscalía descubrió que el material encontrado en MF consistía en instrucciones de los clientes, así como internas, sobre el manejo del dinero y la apertura de cuentas.

Además, los agentes de instrucción identificaron las cuentas bancarias panameñas a las que se hicieron transferencias de dinero que fue posteriormente transformado en títulos valores.

La característica de esta fase de la investigación es que las transferencias detectadas se originaron en las cuentas bancarias en Múnich, en donde estaba depositado el dinero ilícito que pertenecía a los ejecutivos de Siemens.

Cajas negras

De dichas cuentas, la fiscalía pudo corroborar con sus pares en Múnich que el dinero fue transferido a Panamá a través de la llamada caja negra.

La caja negra, como en el caso de Odebrecht, es un mecanismo utilizado para contablemente manejar el dinero que no está registrado en las operaciones legales de la empresa.

La información arrojó luz a las autoridades para descubrir que el manejo de este dinero era clandestino y que estaba fuera de la contabilidad que debía rendir la empresa a las autoridades alemanas.

Sobre los propósitos de mantener estos fondos de forma clandestina, los ejecutivos de Siemens señalaron que eran muchos, entre ellos, el pago de comisiones ilícitas para los intermediarios de la transnacional en varios países, a cambio de contrataciones.

Esa información permitió que la fiscalía de Múnich reabriera la investigación a los directivos de Siemens, y ordenara que se les tomaran nuevas declaraciones sobre las actividades realizadas en Panamá a través de la firma MF.

Las tres estructuras

Cuando las autoridades alemanas reabrieron el proceso contra los ejecutivos de la alemana, con la información entregada por Panamá, estos llegaron a acuerdos judiciales y reconocieron la existencia de los fondos mal habidos.

Luego, la fiscalía de Múnich respondió la asistencia judicial a Panamá, en la que se reveló la trazabilidad del movimiento financiero y la fiscalía panameña obtuvo nuevos indicios para el caso MF.

En ese contexto y con las publicaciones periodísticas e información parcial que había obtenido la fiscalía panameña se habría logrado esclarecer un esquema de tres capas de blanqueo en el caso Siemens. La primera, compuesta por quienes prestan el servicio nominal como directivos o prestanombres.

En la segunda, se habría identificado a los miembros de la firma: Dirk Brauer, Ramsés Owen, Edison Teano, Egber Wethenbourne y Néstor Broce, quienes manejaban la parte fiduciaria del esquema, es decir, se supone que habrían girado órdenes de pago y hecho transferencias a MF. Brauer, de nacionalidad alemana, confesó que conocía la procedencia ilícita del dinero.

En la tercera fase estarían los dueños y fundadores del extinto bufete, Ramón Fonseca Mora y Jurgüen Mossack, quienes presuntamente recibían el 5% de cada transferencia bancaria.

La fiscalía tiene consigo un documento encontrado en el allanamiento a MF que revela que la firma habría recibido $40 mil por cada transferencia bancaria relacionada con este cliente.

Según se pudo conocer, el dinero recibido habría sido depositado en cuentas en Singapur, Suiza y Panamá. Además, con la ahora extinta Financial Pacific, presuntamente se crearon cuentas de inversión para luego, como se dijo, convertirlas en títulos valores. Según las pesquisas fue entonces bajo la gerencia de Dirk Brauer y con la asistencia técnica de Sabrina de Ramos, encargada técnica de Mossack Fonseca Asset Managmente (Mamsa), que se habría brindado una asesoría para el manejo discrecional de los fondos de este cliente.

Todos estos movimientos presuntamente ilícitos están refrendados en la asistencia internacional entregada por la Fiscalía de Múnich al Ministerio Público de Panamá.

Se trata de una operación con características similares a la investigación en la que se vincula a la firma MF con el caso Lava Jato.

La Fiscalía Segunda contra la Delincuencia Organizada ha formulado cargos con base en el artículo 2092 del Código Judicial.

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