La posibilidad de que las causas de alto perfil prescriban producto del uso de medidas dilatorias por parte de abogados defensores, y la posposición de audiencias es una amenaza real a la aspiración de justicia en Panamá. Tres importantes abogados comparten sus reflexiones sobre este trascendental tema.
Para Olga De Obaldía, directora Ejecutiva de la Fundación para el Desarrollo de la Libertad Ciudadana, capítulo panameño de Transparencia Internacional, “se hace más y más evidente la necesidad de crear juzgados adicionales de liquidación que puedan abordar de forma oportuna la carga de casos, ya que el Juzgado Tercero Liquidador está llevando una recarga laboral injustificada”.
A su vez, la exprocuradora general de la Nación Ana Matilde Gómez considera que “por lo general se dan contubernios o acuerdos entre el sindicado y el abogado o entre el abogado y el sindicado para, incluso, ausentarse a la audiencia, o efectuar un cambio de abogado” al momento de la convocatoria de la nueva audiencia.
El exfiscal de Cuentas Guido Rodríguez expresa una opinión sistémica del problema cuando afirma: “nuestro sistema penal está mal diseñado, en vez de procurar justicia, esto es, dar a cada quien lo que le corresponde, se presta es para lo contrario, la impunidad. El juzgador debería tener la posibilidad de designar un defensor de oficio, en caso de ausencia injustificada por parte de un defensor particular. Además, no me parece correcto que el término de la prescripción siga corriendo, cuando se está ejerciendo la acción penal. La lógica indica que debería interrumpirse apenas tal acción se ejerce por parte del Ministerio Público, ya que lo que se supone castiga la prescripción, es la inactividad por parte del titular de la acción. Acá se castiga la actividad. Todo un absurdo”.
¿Y los causantes de la posposición?
La exprocuradora Gómez considera que las medidas necesarias para evitar los retrasos y las posposiciones de las audiencias deben ser tomadas por el propio Órgano Judicial: “Los recursos tienen que salir del propio Órgano Judicial, moviendo lo que haya que mover [para que el juzgado funcione y las audiencias se den]”. Igualmente, afirmó que en los casos de alto perfil la Corte Suprema de Justicia debe darle un espaldarazo a los jueces que se enfrentan a las artimañas de abogados.
El exfiscal Rodríguez considera que “a los abogados que se ausentan sin justificación, y esto incluye justificaciones falsas o falsificadas, deberían sancionarlos con multas ejemplarizantes.”. Por su parte, De Obaldía plantea que “indudablemente debe fortalecerse el régimen de sanciones éticas a las dilaciones procesales de las partes”.
Pero su análisis de esta deficiencia del sistema de justicia tiene otro ángulo: “La Ley está diseñada con algunos dispositivos para mitigar los abusos de litigación, que se han convertido en práctica usual de ciertos abogados defensores. Sin embargo, que los defensores puedan presentar incidentes y recursos casi ilimitadamente, no significa que deben hacerlo.”.
El rol de la opinión pública
Guido Rodríguez señala que “a la opinión pública lo que debe recomendársele es mucha paciencia y estoicismo. Y tendrá que ser así mientras no se cambie el diseño defectuoso que tenemos, que obedece a etapas que deberían estar ya superadas”.
La perspectiva de la activista de transparencia y derechos humanos De Obaldía es que se debe seguir “pidiendo justicia, seguir haciendo presión, no darle crédito a esas voces que dicen que hay que pasar la página para que el país progrese. Sin justicia no hay progreso, y sin recuperación de todo lo robado, menos”.
Ana Matilde Gómez enfatiza un aspecto clave para la legitimidad de la justicia ante la opinión pública, y que es pertinente al Órgano Judicial: “Designar a un vocero para que mantenga permanentemente la transparencia y la información de los sucedido en las audiencias de los casos de alto perfil y de todo aquello que se pueda comunicar para evitar las especulaciones”.
Una conclusión en proceso
Tal y como está concebido el sistema judicial panameño, cuenta con algunas herramientas para llevar de manera fluida las audiencias de los casos de alto perfil. Actualmente en el Sistema Penal Acusatorio, en los procesos de familia, y los civiles, se usa ampliamente la tecnología para notificar a las partes. Se permite fotografiar con celular las resoluciones, y hasta se desarrollan las audiencias de manera virtual. Trasladar estas prácticas a los procesos de alto perfil es una decisión administrativa que puede tomar la Corte Suprema.
De Obaldía expuso la existencia de normas que se pueden aplicar para controlar y sancionar los comportamientos temerarios y de mala fe de algunos abogados. Así, los artículos 4, 5, y 37 del Código de Ética de los abogados estipulan normas aplicables a los defensores que actúan de mala fe. Así mismo, identifica a los artículos, 215, 216 y 217 del Código Judicial como herramientas para enfrentar los abusos de litigación.
Para Gómez el rol clave en este gran desafío lo desempeñan los jueces: “Lo más importante para mí es que los jueces comprendan que son nuestro “machín” en un campo de juego injusto, torcido, ineficiente, ineficaz, desequilibrado, en el que sin la lección a través de sus sentencias, no será posible restaurar en algo el daño que todos los que fueron a los cargos públicos a servirse y a enriquecerse y esos pseudo empresarios que sostienen el sistema de privilegios e influencias, han causado a una sociedad que está casi al punto de no retorno”.