United States vs Ricardo Martinelli Linares: una carta y el acuerdo de culpabilidad

United States vs Ricardo Martinelli Linares: una carta y el acuerdo de culpabilidad
Ricardo Martinelli Linares fue extraditado de Guatemala la semana pasada. AFP


En una carta de siete páginas firmada por el abogado defensor Sean Hecker, con fecha del 10 de diciembre del 2021, y dirigida al “Honorable Robert M. Levy”, Magistrado Juez Federal del Distrito Este de Nueva York, presentó la solicitud de fianza de Ricardo Alberto Martinelli Linares, a su llegada a Nueva York extraditado de Guatemala.

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En su nota, el abogado defensor solicita que se le condene únicamente por el tiempo cumplido en Guatemala, es decir, 17 meses, y que durante la espera de la audiencia de sentencia se le permita estar libre en detención domiciliaria, en un departamento en Manhattan incluyendo monitoreo electrónico. La oferta es idéntica a la que semanas atrás presentó la defensa de su hermano Luis Enrique Martinelli Linares.

El abogado defensor en este caso le recuerda al juez que su defendido regresó voluntariamente “Voluntary Extradition”, y que no tendría ningún beneficio fugarse, ni mucho menos buscar refugio en Panamá, donde tendría que enfrentar sus casos pendientes, lo que le haría perder cualquier posible beneficio de protección contra el doble juzgamiento, por el proceso en curso en los Estados Unidos.

Esto último no es cierto, ya que en los Estados Unidos se le juzga por un delito contra las leyes de ese país, y en Panamá por otros delitos que no son contra las leyes de Estados Unidos.

Aunque la petición de fianza incluyó una mención a la deplorable condición de aislamiento que tuvo el hermano Luis Enrique, en el Centro de Detención Metropolitano de Brooklyn, mencionando que ya había cinco casos de personal de este centro con Covid-19, y que aproximadamente un tercio de la fuerza laboral de esa institución no estaba vacunada. Nada de esto sirvió para convencer al juez federal Robert M. Levy, quien negó la fianza el pasado sábado 11 de diciembre.

Exhibit A.

Quizás lo más importante de la carta del abogado Hecker no sean las siete páginas de contenido si no el primer anexo a dicha nota: El acuerdo de culpabilidad firmado por todas las partes de este proceso, y que tiene 11 páginas. En todo el texto de la carta y del acuerdo de culpabilidad se reconoce que los hermanos Martinelli Linares actuaron como intermediarios en el blanqueo de capitales de un soborno pagado por la constructora Odebrecht a un familiar suyo que ocupaba un alto cargo en el gobierno de Panamá durante los años 2009-2014.

La estructura del acuerdo de culpabilidad contiene 15 párrafos ampliamente desarrollados que explican lo que acordaron las partes, el marco de referencia de la condena, lo que va a entregar el acusado al gobierno de los Estados Unidos en concepto de multa, dinero y bienes confiscados, y luego las múltiples exclusiones por posibles incumplimientos del acusado.

El fundamento jurídico del acuerdo de culpabilidad es la regla 11 del Reglamento Federal de Proceso Criminal. Por el gobierno de Estados Unidos negociaron el documento: la Fiscalía Federal del Distrito Este de Nueva York, la Sección de Fraude de la División Criminal, y la Sección de Lavado de Dinero y Recuperación de Activos, de la misma división del Departamento de Justicia de los Estados Unidos. Por el lado del acusado participó su abogado defensor y el propio Ricardo Martinelli Linares.

La sentencia condenatoria

En el párrafo 2 del acuerdo de culpabilidad se establecen los principios de la condena. El primer principio es que la pena sería de entre 151 a 188 meses de prisión, si no se tomara en cuenta ningún otro beneficio de este acuerdo. Si el acusado demuestra claramente que acepta su responsabilidad y su conducta subsecuente y así lo confirma, la pena de prisión sería de 121 a 151 meses.

Adicionalmente, si el acusado acepta su culpabilidad en el sentido anteriormente definido y formaliza su acuerdo a más tardar el 15 de diciembre del 2021, el rango de la pena recomendado por el gobierno de los Estados Unidos es de 108 a 135 meses de prisión. Esto explica porqué la audiencia de aceptación de culpabilidad es el día de hoy.

A pesar de lo anterior el propio acuerdo indica que el juez puede asignar una pena de prisión de hasta 151 meses, y el acusado no podría apelarla. Aunque se formalice el acuerdo de culpabilidad el día de hoy, si los fiscales le comunican al juez que el comportamiento del acusado no ha correspondido a lo acordado, o aparece nueva información, antes de la audiencia de sentencia (fijada el 20 de mayo del 2022 para Luis Enrique Martinelli Linares), la sentencia podría ser otra mucho peor.

El decomiso

En el párrafo 7 se explica que el acusado acepta que le serán confiscadas cuentas por la suma de 18 millones 892 mil 532 dólares con 40 centavos. Estos fondos están depositados en el Bank Vontobel AG, en dos cuentas claramente identificadas a nombre de Diamond Investments Corp y Waterspoon International Ltd. Además, en lo que parece ser un indicio de que este es el mismo acuerdo que firmó su hermano, se menciona que también entregará la fianza otorgada para fines migratorios cuando fue detenido en el año 2018. Esta fianza fue constituida por una cuenta especial en un banco suizo.

Adicionalmente está la confiscación de la propiedad de un condominio ubicado en Icon Tower, 495 Brickell Avenue, apartamento 4701, Miami Florida. Más adelante en el acuerdo de culpabilidad se acepta que si los fondos en el Bank Vontobel AG, o los de la fianza en la cuenta especial en un banco suizo no identificado, son confiscados por el gobierno suizo, serían acreditados igualmente según lo convenido.

La identidad del familiar

A lo largo de la carta, y del acuerdo de culpabilidad, se omite identificar al familiar para el cual los hermanos Ricardo Alberto y Luis Enrique Martinelli Linares actuaron como intermediarios para lavar dinero producto de un soborno pagado por la constructora brasileña Norberto Odebrecht.

Se utilizan términos como un alto funcionario del gobierno de Panamá entre los años 2009 y 2014. La razón de esta situación es que no es una práctica usual de la justicia estadounidense identificar por nombre y apellido a personas que no han sido detenidas, o puestas a disposición de las autoridades estadounidenses.

Como toda regla tiene su excepción, existen ocasiones en las cuales las personas cuyas identidades han sido ocultadas por los encauzamientos “sellados”, son identificadas. Esto ocurre cuando el gobierno de los Estados Unidos ofrece una recompensa por la captura de la persona de interés, o cuando se toma una decisión política, en la alta jerarquía del Departamento de Justicia y muy posiblemente con participación de la Casa Blanca, en identificar al individuo públicamente en una estrategia denominada “name and shame” (nombrar y avergonzar).

Parece que algo así empieza a dibujarse en este caso. El diario estadounidense de mayor influencia The New York Times publicó el pasado sábado 11 de diciembre lo siguiente: que Ricardo Alberto Martinelli Linares había sido encausado por cargos de conspiración para lavar decenas de millones de dólares “on behalf of a close relatives who was a high-ranking government official in Panamá” (a favor de un familiar cercano que fue un alto funcionario del gobierno de Panamá).

El rotativo agrega, citando los documentos oficiales, que el alto cargo se ocupó entre los años 2009 y el 2014. El periódico neoyorkino indica que “la carta del viernes no menciona al expresidente por nombre”. The New York Times ya identificó al ex-alto funcionario.


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