El Ministerio de Cultura (MiCultura) está en mora con la reglamentación de la la Ley 175 del 3 de noviembre de 2020 –general de cultura–, según lo advirtió ayer la Asociación de Teatristas de Panamá (Astep).
La Astep expresó ayer en un comunicado su insatisfacción por este retraso, tomando en cuenta que la norma fue aprobada en tercer debate por la Asamblea Nacional el 19 de octubre de 2020 y sancionada pocos días después por el presidente Laurentino Cortizo.
Al cumplirse un año de haber sido sancionada, el gremio recordó que el artículo 239 de la propia ley establece que “toda la reglamentación de competencia del Ministerio de Cultura será expedida dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigencia de esta Ley”.
La Astep recordó que en un comunicado previo –divulgado el 23 de octubre de 2020– instó a MiCultura a que comenzara a trabajar “de inmediato” en la reglamentación de la norma y en la implementación del Certificado de Fomento Cultural –incluido en el capítulo sobre el Régimen de Incentivos–, con la participación del sector privado y expertos en materia cultural.
Sin embargo, destacó que la última información que tuvo al respecto fue en una sesión de trabajo de la mesa de cultura del Pacto Bicentenario, cuando a solicitud de los participantes la representante suplente de MiCultura dijo que la reglamentación se estaba trabajando con consultores externos y que el primer borrador estaría listo en febrero de 2022.
El gremio reiteró que la reglamentación es fundamental para aspectos esenciales de la norma, como el Encuentro Nacional de Culturas, una instancia de coordinación para el diseño, implementación, ejecución y evaluación de planes, políticas, estrategias y programas culturales.
Asimismo, para el reconocimiento de organizaciones culturales comunitarias y la certificación de organizaciones que pueden ser beneficiadas con estímulos e incentivos; y para el inicio del Fondo Nacional de Culturas, a fin de financiar proyectos culturales.
También, para la implementación del Certificado de Fomento Cultural, necesario para la inversión en actividades culturales y el patrimonio cultural panameño; y para el establecimiento de un régimen sancionatorio por las intervenciones no autorizadas sobre bienes declarados patrimonio cultural material, de prohibición de traslado o movilización del territorio nacional de bienes declarados patrimonio cultural material.
Este diario pidió una versión a MiCultura, pero al cierre de esta edición no hubo respuesta.