ACP alega que no puede remover a Nicolás Corcione, pero le insta a responder 'personalmente' a las acusaciones



La junta directiva de la Autoridad del Canal de Panamá (ACP) no tiene "facultad" para suspender del cargo a uno de sus miembros, pero instará a Nicolás Corcione "a que enfrente personalmente las acusaciones" que en su contra maneja la Fiscalía Especializada contra la Delincuencia Organizada, dentro de una investigación por supuesto  blanqueo de capitales ligado al exmagistrado Alejandro Moncada Luna.

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"Tanto la junta directiva, como la administración, se rigen por la Ley 19 de 1997 [ley orgánica de la ACP], y esta no les otorga ninguna condición, trato o fuero especial", señala Roberto Roy, presidente de la junta directiva de la ACP, en carta enviada a Angélica Maytín, directora de la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (Antai).

Desde el 29 de julio pasado el fiscal Nahaniel Murgas intenta indagar a Corcione, sin éxito. Inicialmente no compareció, por encontrarse en "viaje familiar". Posteriormente, su abogado Roberto Moreno presentó un incidente en el que alega que su cliente debe ser llamado por la Corte Suprema, por su condición de "director" de la ACP.

Pero aunque remarca la falta de potestad de la junta directiva para nombrar, suspender o remover a sus propios miembros, Roy señala en la nota a Maytín lo que considera sería el "mecanismo" para tal fin: aplicar el artículo 2153 del Código Judicial.

El referido artículo dice así: "Cuando contra algún empleado público exista mérito para ordenar su detención, el funcionario de instrucción o el Tribunal de instrucción, en la misma diligencia de detención, también decretará la suspensión del ejercicio del cargo público que desempeña y la comunicará a la autoridad nominadora, salvo que la ley disponga otra cosa". 

Según Roy, la aplicación de este artículo "correspondería exclusivamente al Ministerio Público y al Órgano Judicial". En este caso sería el fiscal Murgas, puesto que el procurador de la Administración, Rigoberto González, ya advirtió que a los integrantes de las juntas directivas de entidades estatales los investiga el Ministerio Público, opinión apoyada por fallos previos de la Corte, respecto a ese tema.

Roy agrega que -según la Ley 19 de 1997, que organiza la ACP- los miembros de la junta directiva también pueden ser removidos del cargo por la comisión de un delito doloso o contra la administración pública, o por comprobada incapacidad física, mental o administrativa. En este caso, la competencia recae en el Presidente de la República y la Asamblea.

Maytín había solicitado a Roy la suspensión de Corcione, en base al Código de Ética y la ley orgánica de la ACP.

Corcione fue designado en la ACP en el 2010, por un periodo de nueve años, por su socio, el expresidente de la República, Ricardo Martinelli.

¿Por qué el fiscal llama a Corcione?

Nicolás Corcione Pérez Balladares, ingeniero de profesión, fue vinculado a la investigación del fiscal Murga por Jorge Espino y María Gabriela Reyna, ambos detenidos preventivamente. Reyna fue favorecida por un juez con una fianza de excarcelación, acción que apeló el fiscal.

Espino –de Concepto y Espacio, S.A., empresa que se adjudicó varias obras en el Órgano Judicial durante la presidencia de Moncada Luna- contó al fiscal que –por instrucción de Corcione- pagó $400 mil a Cubemu, S.A., sociedad ligada a Ricardo Ricky Calvo, Felipe Pipo Virzi y Alejandro Moncada Luna, y otros $200 mil a Cobros GC, S.A., sociedad presuntamente vinculada a Corcione.

Por su parte, Reyna, que es abogada, confesó que Corcione le refirió a Espino para que le ayudara a “disfrazar” el pago a Cubemu, S.A.

Moncada Luna se encuentra desde marzo en El Renacer, donde cumple condena de 60 meses de prisión por enriquecimiento injustificado y falsedad de documentos públicos.

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