El Juzgado Duodécimo del Circuito de lo Penal del Primer Circuito Judicial declaró penalmente responsable al exdirector del Instituto de Mercadeo Agropecuario (IMA) Diomedes Jaén Domínguez, a 80 meses de prisión e inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por un periodo de 5 años, luego de cumplir la condena.
A Jaén Domínguez se le condenó por los delitos contra la administración pública, específicamente peculado de uso y por el delito de falsedad ideológica.
Fue acusado luego del uso incorrecto de bienes del Estado.
La investigación surgió después de que Jaén Domínguez tuviera un accidente en un auto de la entidad, en Chepo, en octubre de 2011, en el que dejó abandonada a la mujer que lo acompañaba.
El juez Óscar Carrasquilla explicó en la sentencia que el delito contra la fe pública -falsedad ideológica- se probó por la declaración jurada de Aida Cedeño.
Dijo que la persona que conducía el vehículo el día del accidente era Diomedes Jaén Domínguez y no Amado Contreras, como se había dicho en un principio, "lo que provocó que al inspector del Tránsito se le suministrara información incorrecta".
En cuanto al delito de peculado de uso, se demostró que el vehículo fue asignado para "asuntos estrictamente laborales y no para utilizarlo para actividades no laborales".
Por este caso, el juez también sentenció a Amado Enrique Contreras Sanjur a 40 meses de prisión e inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas y para el ejercicio activo y pasivo del sufragio, por igual término, una vez cumplida la pena principal, como autor del delito de falsedad ideológica, luego de que fuese convencido por su superior para registrarse en el formato del Tránsito como el conductor del día de los hechos, y se le absolvió por el delito contra los servidores públicos.
En esta sentencia mixta N°09 del 14 de junio de 2017, se absolvió a Mayra Edith Vásquez, Asunción Araúz González, Héctor Reynaldo Vargas Pérez y a Simón Ferrara Batista por el delito de infracción de los deberes de servidores públicos.