El pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) negó un amparo de garantías constitucionales a Titanium International, S.A., que pretendía se revocara la rescisión del contrato de instalación de vallas publicitarias en la cerca perimetral del aeropuerto Marcos A. Gelabert, en Albrook.
En el fallo, del 20 de julio pasado, se decidió no conceder el amparo por considerar que en la acción de rescindir el contrato por parte de la Autoridad Aeronáutica Civil (AAC) no se violó la Constitución.
Titanium International, S.A. ganó una concesión el 31 de enero de 2012, por 10 años, para instalar vallas publicitarias en la cerca perimetral del terminal aéreo.
La empresa debía pagar $180 mil en concepto de impuestos.
La dirección de la AAC, a cargo de Alfredo Fonseca Mora, rescindió el contrato el 9 de octubre de 2014.
Fonseca Mora indicó que la compañía presentó un recurso de reconsideración que no ha sido resuelto por la junta directiva de la institución y, por ende, el acuerdo está vigente.
La AAC explicó a la Corte que la empresa instaló vallas publicitarias y postes para cámaras de seguridad sin permiso previo.
El magistrado Luis Ramón Fábrega, ponente del fallo, afirmó que la AAC es la responsable de determinar la altura de las construcciones y plantaciones en las áreas de navegación y otorgar los permisos.
La Alcaldía de Panamá impuso una multa a la empresa por $127 mil 547 con 56 centésimos por instalar las vallas sin permiso. Al resolver la reconsideración, la Gobernación de Panamá rebajó el monto y quedó en $63 mil 955.
Desde el 13 de marzo de 2013 está pendiente de resolver una demanda presentada en la Sala Tercera por la Federación de Comunidades de Áreas Revertidas, pidiendo anular el contrato.
Este medio llamó a Titanium International, S.A., pero no hubo respuesta.