Luego de que múltiples voces cuestionaran la lentitud con la que el magistrado de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) Hernán De León ha manejado el expediente que la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) remitió en junio a esa entidad para que se investigue al expresidente Ricardo Martinelli respecto a supuestos ilícitos en la casa de valores Financial Pacific, el togado se pronunció a través de un proyecto de fallo.
En dicho documento, De León expone, por ejemplo, que la SMV no es entidad jurisdiccional que pueda enviar a la CSJ expedientes no concluidos, para que se investigue a los diputados.
De León, nombrado en la Corte por el exmandatario en 2012, puso a circular el proyecto de fallo el pasado lunes y en este decide que la CSJ no es competente para investigar a Martinelli por la supuesta comisión de delitos financieros en cuatro cuentas de la casa de valores Financial Pacific.
EL CASO
El 29 de junio pasado, la SMV envió un informe a la CSJ, pidiendo que se investigara si el exgobernante habría incurrido en delitos financieros por supuestas irregularidades en las inversiones hechas en las cuentas High Spirit, Jal Offshore, Distribuidora Comar, S.A. y Ricardo Martinelli. Desde esas cuentas se compraron y vendieron acciones de la canadiense Minera Petaquilla, usando, supuestamente, información privilegiada para manipular el mercado de valores.
De León fue asignado como ponente del caso el 1 de julio pasado y se tomó dos meses para pronunciarse, acción que generó críticas entre diferentes actores de la sociedad civil, quienes coincidieron en que está dilatando el proceso.
‘NO ES UNA CAUSA PENAL’
En el proyecto de fallo, al que tuvo acceso este medio, el magistrado también concluye que lo enviado por la SMV “son copias de un expediente administrativo por ella adelantado”.
Cita el artículo 487 del Código Procesal Penal para sustentar que los expedientes o causas administrativas no son competencia del pleno de la CSJ. El citado artículo establece que la Corte es competente para investigar y juzgar actos delictivos y policivos de los diputados principales y suplentes.
“Dicha disposición determina con claridad que aquello que se eleva al conocimiento de la Corte Suprema de Justicia son causas penales no concluidas de determinadas agencias (dentro de las cuales tampoco se incluye a la Superintendencia de Valores)”, puntualizó De León en el proyecto de fallo.
Argumentó también que, ante la falta de competencia, no se puede hacer un examen formal y de fondo del informe enviado por la SMV. Esta decisión, manifestó, no implica que “se estén estimando o desestimando los hechos relacionados al señor Ricardo Martinelli, así como tampoco una posterior investigación”.
Dejó claro que lo anterior depende de la documentación que remitan las autoridades que estipula la ley.
SERÁ DISCUTIDO HOY
El citado proyecto de fallo, que resuelve uno de los 12 expedientes que tiene Martinelli en la Corte, está agendado para ser discutido en el pleno ordinario de hoy, miércoles.
Como ha sucedido en otras ocasiones, el proyecto de fallo puede ser retirado o modificado antes de que sea decidido por el pleno de la CSJ. Incluso, De León puede perder la ponencia de este expediente. Esta semana, el magistrado Luis Ramón Fábrega cambió el pleno ordinario de la Corte que se celebra todos los jueves.
‘SE DEBE INVESTIGAR’
Voces consultadas discrepan con lo planteado por el magistrado de la Corte. Por ejemplo, Juan Carlos Araúz, vicepresidente del Colegio Nacional de Abogados, señaló que “en este momento –cuando se decide la admisión– no se debería evaluar si corresponde a un proceso administrativo o penal”.
Para Araúz, en las etapas de admisión, a razón de denuncias o compulsas de copias provenientes de cualquier entidad, se debe dar cumplimiento a la investigación y esclarecer los hechos.
“No hacer esto de abrir las investigaciones se presta para que la sociedad estime que la Corte Suprema de Justicia no cumple la labor de investigar los hechos que se ponen en conocimiento y que se señalan como conductas delictivas”, agregó.
Mientras que Maribel Jaén, de la Comisión de Justicia y Paz, expresó que “lo que están demandando los ciudadanos es que estos casos sean lo más expeditos y transparentes posibles”.
Jaén consideró que crea impotencia el hecho de que todos los días el país amanece con una denuncia contra quienes han sido reiteradamente señalados en otros casos, y esas personas siguen libres por la calle.
“Las autoridades deben cumplir la ley para pasar de un clima de impunidad a una cultura de legalidad”, dijo.
De los 12 casos que el expresidente Martinelli tiene en la Corte, solo 3 han sido admitidos: el que investiga la compra de comida deshidratada a través del Programa de Ayuda Nacional por $44.9 millones; el que lo investiga por la supuesta comisión de delitos contra la inviolabilidad del secreto y derecho a la intimidad tras los pinchazos telefónicos a ciudadanos durante la pasada administración; y el que contiene las pesquisas por los indultos que el exgobernante otorgó antes de culminar su gestión.
Enfoque: Lectura ‘estrecha’
OPINIÓN. De acuerdo con el proyecto de resolución preparado por el magistrado Hernán De León, se rechaza la admisión del caso de Financial Pacific remitido por la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), debido a que esta institución carece de carácter jurisdiccional, ya que no es mencionada en el artículo 487 del Código Procesal Penal, que en su tercer párrafo expone: “…Cuando se trate de causas penales no concluidas que se hayan iniciado en una agencia del Ministerio Público, del Órgano Judicial, del Tribunal Electoral, de la Fiscalía General Electoral, de la jurisdicción aduanera, o en cualquier otra jurisdicción, el funcionario o el juez que conozca del caso elevará inmediatamente el conocimiento del proceso en el estado en que se encuentre, en lo que concierna al diputado principal o suplente, a la Corte Suprema de Justicia”.
Según la lectura que hace De León, la SMV ni está mencionada en este artículo ni tiene las características de entidad jurisdiccional. Esta interpretación, sumamente estrecha y restrictiva de la normativa procesal, significa que la Unidad de Análisis Financiero, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, el Ministerio de Ambiente, la Caja de Seguro Social, la Autoridad del Canal de Panamá y una infinidad de agencias y organismos estatales que desarrollan regularmente dentro de sus tareas investigaciones administrativas, y por las cuales se aplican sanciones, no constituyen fuente de conocimiento de delitos.
Esta decisión sería catastrófica para la administración pública. De ser respaldado, este proyecto de resolución obligaría a la ciudadanía a esperar que la Corte reaccione al expediente judicial remitido por el juzgado que conoció la causa de Ignacio Fábrega por el tema de Financial Pacific.
Según la lógica que sigue este proyecto de resolución, la Superintendencia del Mercado de Valores debería interponer una querella y/o remitirle al Ministerio Público el expediente para que este, a su vez, lo remitiera a la Corte.
La resolución que rechaza lo remitido por la SMV no sirve para que la causa de Financial Pacific haga tránsito a cosa juzgada.