La Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia declaró que el Consejo de Gabinete no tenía competencia para eliminar la categoría de bien de dominio público y autorizar el traspaso de 10 hectáreas de relleno de lecho marino a favor de la Compañía Insular Americana, S.A., para el desarrollo de unas islas artificiales en la bahía de Panamá, frente a Punta Pacífica.
El fallo, que lleva la firma de los magistrados Abel Zamorano (ponente), Cecilio Cedalise y Luis Ramón Fábrega, resuelve así una demanda de ilegalidad que presentó Laura Ximena Henríquez, para que se declare "nula por ilegal" la Resolución No. 3 del 15 de enero de 2013, dictada por el Consejo de Gabinete cuando Ricardo Martinelli era presidente de la República (2009-2014).
El relleno de mar de más de 10 hectáreas que forma parte del proyecto de las islas de Punta Pacífica tiene un valor de $83.6 millones, según los avalúos realizados por la Autoridad Nacional de Administración de Tierras (Anati) y la Contraloría General de la República.
En la Resolución de Gabinete demandada se autorizó “desafectar en su naturaleza de bien de dominio público y transformar en bien patrimonial de la Nación” el mencionado globo de terreno.
Además, se aprobó el traspaso a favor de la Compañía Insular Americana, S.A, sociedad presidida por Alfredo Alemán Miranda, en virtud de los derechos que le fueron concedidos a la empresa Ica, que construyó el corredor Sur.
El fallo de la Sala Tercera señala que al desafectar el bien se le quitó la condición de dominio público, y al transformarlo en bien patrimonial de la Nación se abrió la posibilidad de traspasarlo, como en efecto hizo el Gobierno con el relleno.
"No es posible la desafectación de bien de dominio público de estos bienes, y mucho menos que la misma sea consignada a través de un acto administrativo, que no responda a la facultad concedida por una norma de carácter legal o constitucional al Consejo de Gabinete, en respeto al principio de estricta legalidad", señala el fallo de los magistrados Zamorano, Cedalise y Fábrega, que tiene fecha del 18 de julio pasado, pero que se conoció gracias a su publicación en Gaceta Oficial, este martes 15 de octubre.
A criterio de la Sala, el Gabinete debió "observar detenidamente" el contenido del artículo 258 de la Constitución Política de Panamá, que establece que pertenecen al Estado y son de uso público, y por consiguiente, no pueden ser objeto de apropiación privada, entre otros, el mar territorial, aguas lacustres y fluviales, las playas y riberas de las mismas y de los ríos navegables, y los puertos y estéreos.
Las islas ya fueron desarrolladas y comercializadas bajo el nombre de Ocean Reef Island.
La empresa indicó que la resolución proferida por la Sala Tercera solo produce efectos a futuro, "es decir, no es retroactiva por lo que no afecta a Ocean Reef".
Además, es importante indicar que Ocean Reef no es parte de ese caso y por tanto dicha resolución no le aplica", indicó Ocean Reef, atendiendo una consulta de este diario.
"Dejamos claro que la Sala Tercera no ha anulado ningún derecho de Ocean Reef", agregó la sociedad.
(Con información de Yolanda Sandoval)
Fechas claves en el proyecto de islas
1996
Contrato de concesión entre el Gobierno e ICA para construir el Corredor Sur. La empresa adquiere el derecho para recibir 35 hectáreas de relleno en el lecho marino. La empresa utiliza 23 para desarrollar Punta Pacífica.
2011
El Estado reconoce a ICA derechos adicionales de relleno sobre 12 hectáreas y da consentimiento a ICA para que ceda los derechos de relleno sobre 19 hectáreas a Compañía Insular Americana para desarrollar el proyecto de las islas, promovido por Grupo Los Pueblos.