La audiencia al expresidente Ricardo Martinelli solicitada por su equipo legal dentro del proceso que abrió la Corte Suprema de Justicia (CSJ) por la presunta comisión del delito contra la administración pública (peculado), culminó sin decidir los incidentes de nulidad que alega la defensa y en medio de diferencias sobre cuál sistema penal debe aplicarse.
Abogados del exgobernante, el gran ausente en la audiencia, solicitaron la nulidad del proceso luego de plantear que debe aplicarse a este caso el Código Judicial (sistema penal inquisitivo) y no el Código Procesal Penal (sistema penal acusatorio).
El encargado de hacer la petición fue Rogelio Cruz, abogado principal de Martinelli ante la Corte. A Cruz -exprocurador de la Nación- lo acompañaron Sidney Sittón, Leonardo Paul y Dimas Guevara, este último ex fiscal auxiliar.
Los cuatro juristas se sentaron juntos durante la audiencia de control -que empezó a las 2:00 p.m.- y que fue presidida por el magistrado Jerónimo Mejía, quien actúa como juez de garantías.
Detrás de ellos se colocaron Cristóbal Arboleda, ex fiscal superior; Carlos Carrillo, Alejandro Pérez y Luis Eduardo Camacho hijo.
Casi cerca del grupo de abogados que representa al exmandatario se ubicó el magistrado Oydén Ortega, que ejerce como fiscal.
Entre el público estuvieron presentes Alma Cortés, subsecretaria de Cambio Democrático, Mariela Jiménez, y Luis Eduardo Camacho, exsecretario de comunicación del Estado.
ARGUMENTOS
Rogelio Cruz dijo al inicio de la audiencia que aunque reconocía la potestad de la Corte para investigar a Martinelli, hay algunos vicios de nulidad. "Nosotros no objetamos la competencia de la Corte, es [objetable] la ley procesal aplicable", dijo Cruz.
Explicó que el Código Procesal Penal, aprobado en el año 2008, empezó a regir el 2 de septiembre de 2011, y que solo es "aplicable" desde ese momento hasta la fecha.
Aseguró que los hechos en que mencionan a Martinelli ocurrieron mucho antes. Al expresidente se le abrió una causa, luego que el exdirector del Programa de Ayuda Nacional (PAN) Giacomo Tamburrelli declaró en su indagatoria que recibió órdenes del expresidente para contratar a Lerkshore International, empresa proveedora de los alimentos deshidratados que se repartieron en los colegios oficiales, por $44.9 millones.
"El contrato se firmó el 10 de diciembre de 2010 y se refrendó el 22 de diciembre de 2010... todos esos actos fueron antes del 2 de septiembre de 2011", argumentó Cruz ante el juez.
A su juicio, "el Código Judicial es la ley aplicable" en este caso. Y de inmediato sacó un reciente fallo del 31 de marzo de 2015, relacionado al diputado Pedro Miguel González.
Se trata del desestimo y archivo de una denuncia penal interpuesta contra el diputado González, del Partido Revolucionario Democrático (PRD), por la supuesta comisión de los delitos de corrupción y blanqueo de capitales.
De acuerdo con Cruz, a González no se le aplicó el sistema procesal acusatorio porque los hechos relacionados ocurrieron antes del 2 de septiembre de 2011.
La denuncia contra González tiene su génesis en un informe elaborado el 20 de mayo de 2011 por la entonces directora de la UAF, Enma Reyes, en el que se alegó que al menos tres cuentas bancarias del diputado presentan ingresos no justificados.
"Concluimos que: objetamos la ley procesal aplicable.... y es el gran vicio de nulidad que se ha incurrido desde el momento en que la Corte dictó resolución del 28 de enero pasado para dar inicio de proceso", añadió el abogado de Martinelli -mismo día que salió del país el exgobernante-.
Por su parte, el fiscal Oydén Ortega alegó que la solicitud de nulidad debe presentarse "en la fase intermedia" del proceso y no en este momento.
Sobre el caso del diputado González, explicó que fueron varios lo argumentos que observaron para archivarlo, y no solo se centró en si los hechos se dieron antes o después de la entrada en vigencia del Código Penal Procesal.
Mencionó que el expediente ya estaba en justicia ordinaria -porque en ese momento González no era diputado- y no habían solicitado el levantamiento de fuero penal electoral.
En tanto, Mejía replicó que las nulidades deben ser planteadas posterior a la imputación de los investigados.
"En este momento hablar de nulidades me parece que no es indicado ni apropiado", señaló.
"Por tanto, no niego el incidente de nulidad, sino que me abstengo de pronunciarme sobre el mismo... En este momento no tengo facultades para pronunciarme respecto al incidente de nulidad", agregó.
Previamente, había citado el artículo 39 del Código Penal Procesal que dice: "La Corte Suprema de Justicia será competente para conocer, en Pleno, de los siguientes negocios penales: 1. De los procesos penales y medidas cautelares contra los Diputados, el Procurador General de la Nación, el Procurador de la Administración, los Ministros de Estado, los Magistrados del Tribunal Electoral o el Contralor General de la República, o de los cometidos en cualquier época por personas que, al tiempo de su juzgamiento, ejerzan alguno de estos cargos".
Al respecto de la decisión final del juez, Cruz intervino para solicitar la suspensión de la audiencia, a lo que el fiscal Ortega no se opuso. Por tanto, la audiencia concluyó a las 2:50 p.m., por disposición de Mejía.
EXMANDATARIO
El exgobernante es procesado por la Corte por su condición de diputado del Parlamento Centroamericano (Parlacen) y -por tanto- le aplica la Ley 55 de 2012 ("Ley blindaje"), por lo que hay un plazo de dos meses para concluir la investigación o de lo contrario se extingue la acción.
Martinelli partió de Panamá el 28 de enero. El diario La Prensa lo ubicó en un condominio de lujo frente al mar en Brickell Avenue, Miami, a mediados de abril. Su paradero actual es desconocido.
Por la compra de los alimentos deshidratados, el Ministerio Público emitió una vista fiscal en la que pide llamamiento a juicio para nueve personas: Tamburrelli; el ex secretario privado de Martinelli, Adolfo "Chichi" De Obarrio; la excontralora Gioconda Torres de Bianchini; los exministros Lucy Molinar (Educación) y Federico José Suárez (Obras Públicas); las ex viceministras María Fábrega (Presidencia) y Marta Susana de Varela (Desarrollo Social); el exjefe de Nutrición del PAN, Ángel Famiglietti, y el representante de Lerkshore, Rubén De Ycaza. Todos tienen medidas cautelares, ya sea de país por cárcel o de casa por cárcel, salvo De Obarrio, el único que no ha sido indagado y cuyo paradero es desconocido.
Mejía advirtió que, como juez de garantías, no tiene potestad para dictar medidas cautelares a los diputados, sean de la Asamblea o -como Martinelli- del Parlacen.