Una advertencia de inconstitucionalidad en contra de varios artículos del Código de la Familia de Panamá y de una sección de la Ley 61 de 2015, fueron introducidos en la Corte Suprema de Justicia buscando legalizar el matrimonio igualitario en Panamá.
La advertencia de inconstitucionalidad fue presentada por el bufete Morgan y Morgan, en representación de su cliente Álvaro José López Levy y fue admitida en la Corte el pasado 24 de marzo.
De acuerdo con los archivos públicos de la Corte, el recurso busca que se declaren inconstitucionales las frases contenidas en el artículo 26 del Código de la Familia en donde se define que el matrimonio solo puede ser entre un hombre y una mujer.
El documento también busca que se declare inconstitucional el numeral 1 del artículo 34 de este mismo código que habla sobre la imposibilidad de que dos personas del mismo sexo puedan contraer matrimonio.
El tercer objetivo de esta demanda es que se declare inconstitucional el artículo 35 de la Ley 61 de 2015 sobre el Código de Derecho Internacional Privado de Panamá que prohíbe el matrimonio de personas del mismo sexo.
La advertencia de inconstitucionalidad recayó en el magistrado Abel Zamorano.
Se trata del segundo recurso legal presentado en la Corte Suprema de Justicia que buscaría la legalización del matrimonio igualitario en Panamá.
En octubre de 2016, la firma Morgan y Morgan presentó una advertencia de inconstitucionalidad contra el artículo del Código de la Familia que limita el matrimonio a un acto "entre un hombre y una mujer".
La demanda, presentada por el abogado Carlos Ernesto González, socio del bufete, es en representación de Enrique Jelenszky y su pareja John Winstanley, con quien lleva 17 años de relación.
Jelenszky, un abogado panameño, y Winstanley, un ejecutivo británico, celebraron una unión civil en mayo de 2008 en la Embajada del Reino Unido en Panamá. Ocho años después, y de conformidad con la ley de matrimonios del Reino Unido, dicha unión se convirtió en matrimonio.
Este año, Jelenszky solicitó al Registro Civil de Panamá que se registrara su situación civil, utilizando el mismo procedimiento que llevan a cabo los cientos de panameños que cada año registran los matrimonios contraídos al amparo de otra jurisdicción.
Sin embargo, el 29 de septiembre, el Registro Civil rechazó inscribir su matrimonio. Jelenszky decidió entonces recurrir a la Corte Suprema de Justicia.
Para leer un análisis legal de las tres posibles sentencias que puede dictar la Corte Suprema de Justicia sobre el matrimonio igualitario haga clic aquí.
Con información de Rita Vásquez.