Emplazan a juez Mejía en caso de los pinchazos



Una mala percepción sobre la administración de justicia provoca la demora del magistrado Jerónimo Mejía –juez de garantías en el proceso que se le sigue en la Corte Suprema de Justicia al expresidente Ricardo Martinelli por los pinchazos telefónicos – en notificar a la defensa del exgobernante sobre la acusación efectuada por el fiscal del proceso, Harry Díaz.

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Así lo advirtió el exmagistrado suplente del Segundo Tribunal de Justicia y exjuez Raúl Olmos, quien opinó que el juez de garantías “se ha excedido en la ritualidad del proceso y lo mantiene estancado”.

Olmos explicó que el Código Procesal Penal apuesta por la informalidad y el magistrado Mejía puede, en un solo acto, fijar la fecha de audiencia de Martinelli y ahí mismo notificar a la defensa del exmandatario sobre el escrito de acusación.

En tal sentido, citó el artículo 344 del Código Procesal Penal, que dice: “al surtir el traslado de las acusaciones a la defensa, el juez de garantías también señalará la fecha de la audiencia oral y pública, que deberá realizarse dentro de un plazo no menor de diez días ni mayor de veinte días para debatir y decidir las cuestiones planteadas en la acusación”.

Según Olmos, no es necesario que el juez de garantías espere tanto, ya que la adopción del sistema penal acusatorio lo que pretende es eliminar la burocracia judicial y permitir una mayor celeridad en los procesos.

La idea de aplicar el sistema penal acusatorio fue, precisamente, erradicar la mora judicial y la impresión de que los procesos judiciales demoraban años y generaban impunidad.

Así mismo, consideró que el Órgano Judicial debería emitir un comunicado sobre las circunstancias que han provocado el empantanamiento del proceso relacionado con los pinchazos.

No obstante, advirtió que la demora del juez de garantías no provoca ningún efecto sobre el proceso, ya que ello no acarrea un efecto de nulidad y solo genera la impresión de lentitud.

Precisó que Martinelli puede ser notificado de la audiencia de acusación de este caso, y de los otros procesos que se le siguen, a través del Tratado de Asistencia Legal Mutua suscrito entre Panamá y Estados Unidos durante el gobierno de Guillermo Endara.

A su juicio, este es el mecanismo ideal para que Panamá pida la notificación de Martinelli sobre los procesos que se le siguen en Panamá y exigir su comparecencia en las audiencias.

Además del caso de los pinchazos, la CSJ ha admitido otros cinco procesos al exgobernante: por la compra de comida deshidratada a través del Programa de Ayuda Nacional [fiscal Oydén Ortega y juez de garantías Jerónimo Mejía]; por otorgar 353 indultos [fiscal Abel Zamorano y juez de garantías José Ayú Prado]; por irregularidades en Cobranzas del Istmo [fiscal Abel Zamorano y juez de garantías Harry Díaz]; por la compra de granos a través del PAN [fiscal José Ayú Prado y juez de garantías Jerónimo Mejía]; y por supuestas irregularidades en cuentas que tenía en la casa de valores Financial Pacific (FP) [fiscal Hernán De León y juez de garantías Luis Mario Carrasco].

DEFINICIÓN

Mientras tanto, Ángel Álvarez, abogado de Zulay Rodríguez y Miguel Antonio Bernal, víctimas de las escuchas, dijo que se requiere de una definición por parte del juez de garantías en cuanto a las solicitudes hechas para que se detenga a Martinelli, se le traiga al proceso y se fije una fecha de audiencia.

Álvarez aseguró que el sistema penal acusatorio permite una mayor celeridad del proceso y que las circunstancias que se están dando no son propias de este sistema.

A la vez, detalló que las peticiones presentadas por él no buscan que el proceso se declare nulo, pero que discrepa de algunas acciones del magistrado fiscal Harry Díaz.

No obstante, estimó que este es un proceso histórico que se debe llevar con la mayor transparencia posible, para que sirva de precedente para otros procesos futuros.

NO HAY FECHA

Han transcurrido 20 días desde que el fiscal Díaz remitiera a Mejía el escrito de acusación, en el que le atribuyó a Martinelli la supuesta comisión de delitos contra la administración pública (peculado) y contra la inviolabilidad del secreto y el derecho a la intimidad, estos últimos considerados como los más graves en materia de violación de derechos humanos.

Fuentes del Órgano Judicial confirmaron que hasta la tarde de ayer no se había realizado trámite de notificación alguno a la defensa de Martinelli ni se había fijado la fecha de la audiencia para la acusación por parte de Mejía.

El juez de garantías tiene pendiente de resolver un recurso de objeción presentado por la defensa de Martinelli contra la decisión de Díaz de hacer la acusación sin antes solicitar una audiencia de imputación. Expertos en la materia calificaron este recurso como extemporáneo.

Asimismo, en este caso está pendiente que el pleno de la Corte resuelva una recusación que presentó Álvarez contra el magistrado José Ayú Prado para que se separe del caso.

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