El Ministerio Público tiene la capacidad de responder a la resolución de la Jueza Duodécima del Ramo Penal del Primer Circuito Judicial, que negó la prórroga de las sumarias del caso Odebrecht.
La primera vía disponible es la apelación de la decisión judicial, lo que remitiría al Segundo Tribunal Superior del Distrito la tarea de decidir si se concede la prórroga, o se mantiene la negativa. Es de imaginar que si el segundo Tribunal concede la prórroga, la defensa de los 63 imputados interponga un amparo de garantías constitucionales, ante la Corte Suprema de Justicia.
Si la Corte admite el amparo, le ordenará a la fiscalía remitir todo el expediente a la Corte, lo que paralizaría el caso por completo. Si la Corte decide el amparo favorablemente a los imputados, el expediente sería devuelto a la fiscalía para que esta lo entregue inmediatamente a la Jueza Duodécima.
La segunda vía disponible al Ministerio Público surge como la alternativa a una decisión desfavorable del Tribunal Superior o de la Corte Suprema de Justicia. La opción sería pedir un sobreseimiento provisional de los 63 imputados, lo cual suspende automáticamente todas las medidas cautelares, y la aprehensión de bienes y de fondos. En este escenario el MP tendría la oportunidad de recabar más evidencias, y una vez completado el expediente, podría solicitar la reapertura del caso. No habría cosa juzgada porque no se ha realizado juicio alguno. Igualmente, todos los imputados tendrían la libertad de marcharse del país y de mover fondos o bienes según les sea conveniente.
Las repercusiones de que el caso Odebrecht se caiga son significativas, y conllevan no solo las consecuencias éticas y políticas en Panamá, sino que el efecto internacional sería importante. La firma Odebrecht tiene acuerdos suscritos con Estados Unidos y Brasil que la obligan a cooperar y colaborar con la justicia. Los gobiernos de Suiza y de Andorra tienen fondos cautelados producto de las acciones corruptas de la empresa brasileña en nuestro país. Como los casos en dichas jurisdicciones no sean caído estos fondos quedarían en manos de esos gobiernos, y cada uno de estos países podrá hacer sus propias solicitudes de extradición y de alertas rojas de Interpol, para perseguir a los imputados panameños en estas causas, ya que el soborno transnacional es un delito perseguible en todas las jurisdicciones afectadas por las transacciones corruptas.