Fiscal acusa a expresidente Ricardo Martinelli por pinchazos



Harry Díaz, magistrado fiscal en el proceso que la Corte Suprema de Justicia le sigue al expresidente Ricardo Martinelli por los pinchazos telefónicos en su gobierno, presentó ayer ante el juez de garantías –Jerónimo Mejía– una acusación en su contra por la supuesta comisión de delitos contra la inviolabilidad del secreto y el derecho a la intimidad, y contra la administración pública.

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La acusación fue presentada un día después de declarar cerrada la investigación por las escuchas, que comenzó el 13 de agosto.

Díaz también pidió al juez la apertura del juicio oral a Martinelli, y remitió a la Dirección de Investigación Judicial (DIJ) una notificación para que a través de Interpol se emita una alerta azul para ubicar al exmandatario.

Martinelli salió de Panamá el 28 de enero pasado con rumbo a Guatemala –donde está la sede del Parlacen– y su paradero es desconocido.

Díaz sustentó en el escrito que Martinelli dio órdenes a miembros del Consejo de Seguridad Nacional (CSN) para realizar las interceptaciones de comunicaciones.

Destacó que el exgobernante estableció un aparato organizado de poder, a través del cual giraba instrucciones al CSN para ejecutar estas actividades ilícitas que violan los derechos humanos.

El fiscal anunció que en el juicio oral presentará documentos y testimonios de exministros y exfuncionarios que estuvieron cerca del poder con Martinelli e hicieron señalamientos sobre los pinchazos.

Ángel Álvarez, abogado de varias de las víctimas que se querellaron en este proceso, dijo que solicitó al fiscal que tramite una orden de detención contra Martinelli por la gravedad de los delitos que se le acusan. Indicó que la alerta azul solo lo pone en preaviso y permite que el supuesto infractor evada la justicia.

En tanto, la defensa de Martinelli señaló que el fiscal Díaz violó el Código Procesal Penal al obviar la fase de imputación de cargos y presentar la acusación.

PIDEN HASTA 21 DE CÁRCEL

Tras concluir la investigación por las interceptaciones telefónicas durante el pasado gobierno, que afectaron a por lo menos 150 personas, en su mayoría opositores, el magistrado fiscal Harry Díaz pidió hasta 21 años de cárcel para el diputado del Parlamento Centroamericano (Parlacen) y expresidente del país Ricardo Martinelli.

En el escrito de acusación, que presentó la tarde de ayer ante el juez de garantías de la causa, Jerónimo Mejía, el magistrado fiscal acusó a Martinelli de la supuesta comisión de cuatro delitos y solicitó aplicar la pena máxima en cada uno de ellos.

El fiscal también pidió al juez de garantías la apertura del juicio oral del proceso que se le sigue al diputado.

LOS DELITOS Y LAS PENAS

Por el delito contemplado en el artículo 167 del Código Penal –interceptación de telecomunicaciones sin autorización judicial–, el fiscal solicita la aplicación de una pena de cuatro años.

Por el delito establecido en el artículo 168 del mismo código –seguimiento, persecución y vigilancia sin autorización judicial– pide cuatro años de cárcel. Además, por el delito establecido en el artículo 338 del Código Penal –peculado por sustracción o malversación– solicita la pena de 10 años; mientras que por el delito señalado en el artículo 341 del mismo código –peculado de uso–, el fiscal solicita al juez que aplique la pena de 3 años de cárcel.

Díaz concluyó este jueves, 8 de octubre, la investigación seguida a Martinelli por las escuchas en su mandato, que fue admitida por el pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) el 12 de agosto.

Durante las investigaciones, el fiscal Díaz entrevistó a varios testigos y víctimas de los pinchazos, quienes vincularon al expresidente con dichas interceptaciones.

Este expediente llegó a la CSJ, luego de que en la investigación que instruyó el Ministerio Público, agentes del Consejo de Seguridad Nacional (CSN) y un testigo protegido señalaron a Martinelli como el supuesto responsable de los pinchazos telefónicos.

La Fiscalía contra la Delincuencia Organizada, que instruyó el expediente en el Ministerio Público, logró que el Juzgado Decimosexto Penal llamara a juicio a los exjefes del CSN Gustavo Pérez y Alejandro Garuz, actualmente detenidos en El Renacer, y a los exagentes del CSN Ronny Rodríguez y William Pittí, prófugos.

El juicio se celebrará en marzo de 2016.

RELACIÓN DE LOS HECHOS

En el escrito de acusación, el fiscal señala que entre 2012 y mediados de mayo de 2014, aproximadamente, en la planta baja del edificio 150 de Quarry Heights, en Ancón, donde funciona la sede del Consejo de Seguridad Nacional, funcionarios de esta institución “realizaron –por órdenes de Martinelli– interceptaciones ilícitas de comunicaciones de un número plural de ciudadanos”.

Se trata, como se dijo, de por lo menos 150 personas, entre políticos, magistrados, periodistas y dirigentes de la sociedad civil.

El fiscal detalla que Martinelli estableció un aparato organizado de poder, que actuaba al margen del Estado social y democrático de derecho, y a través del cual se daban instrucciones para que funcionarios del CSN, quienes tenían pleno conocimiento de la ilicitud de estas actividades, realizaran interceptaciones de las comunicaciones.

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN

El fiscal presenta 11 elementos que, a su juicio, vinculan al expresidente con la supuesta comisión de los delitos señalados.

Destaca “la declaración jurada rendida por el testigo protegido No. 8430145, en la que se denuncia que el Consejo de Seguridad Nacional utilizó equipos para la interceptación de comunicaciones de manera clandestina”.

Anota el testimonio del exjefe del Consejo de Seguridad Nacional Gustavo Pérez, quien señaló que Ronny Rodríguez, exjefe de Inteligencia del CSN, “tenía órdenes estrictas de trabajar con la Presidencia de la República”.

Además, destaca el testimonio del exministro de la Presidencia Demetrio Papadimitriu (2009-2012), quien en una entrevista con el fiscal dijo que la política de seguridad del Estado era responsabilidad del Presidente de la República.

Papadimitriu dijo que nunca participó en una reunión del CSN, ya que estas eran convocadas y presididas por el exmandatario.

Díaz también incluye el testimonio del exministro de la Presidencia Roberto Henríquez (2012-2014), quien señaló que el CSN estaba adscrito al Presidente de la República y precisó que “el tema de seguridad ni por ley ni en la práctica era responsabilidad suya”.

Como otro elemento vinculante, el fiscal destaca el testimonio del agente del CSN Júbilo Graell, quien reveló que Ronny Rodríguez “les impartía instrucciones de vigilancia y seguimiento a ciertos objetivos que interesaban directamente al No. 1 (Presidente) y que él llevaba a Ronny Rodríguez todas las mañanas a la Presidencia de la República con un sobre amarillo. Además, atestigua que trasladó un rack para servidores desde la sede del edificio conocido como 150, del Consejo de Seguridad Nacional, hasta la sede del súper 99 de Monte Oscuro”.

Graell detalló ante la Fiscalía contra la Delincuencia Organizada el recorrido para el traslado del equipo espía desde el edificio 150 hasta las oficinas principales del Súper 99, propiedad del expresidente Martinelli.

PRUEBAS

Al mismo tiempo, el fiscal anunció en su escrito un total de 73 pruebas testimoniales y 74 documentales que presentará en el juicio oral.

Entre las pruebas testimoniales, precisa, figuran las declaraciones del testigo protegido y de varios funcionarios del CSN.

Con estos testimonios, explicó que busca acreditar que la empresa israelí M.L.M. Protection realizó transacciones con el Gobierno panameño para la adquisición de equipos tecnológicos usados en las escuchas, las cuales fueron firmadas por el exjefe del CSN Gustavo Pérez.

El gobierno de Martinelli compró en 2010 el equipo espía a la empresa M.L.M. Protection por $13.4 millones, recursos provenientes del Programa de Ayuda Nacional (PAN).

Asimismo, el fiscal presentará como prueba la declaración del exjefe del CSN Julio Moltó, con la que busca probar que “se solicitó al Administrador del Canal, autorización para la instalación de un punto de enlace, único y exclusivamente para ofrecerle al Consejo de Seguridad Nacional un internet de banda ancha, es decir, la instalación de equipos como parte de los implementos para la estructura tecnológica que permitió que entre los años 2012 a mediados de mayo de 2014, aproximadamente, se vulneraran derechos y garantías fundamentales, como es el derecho a la intimidad, consagradas en la Constitución, la ley y los reconocidos por los Pactos, Declaraciones, Tratados y Convenciones de Derechos Humanos, ratificados por la Presidencia de la República, a ciudadanos de este país”.

“No me acuerdo quién me realizó esa solicitud, pero sí recuerdo que me requirieron mayor calidad de internet para los sistemas que funcionaban… ya que el ancho de banda no era el adecuado. No recuerdo qué hice, pero se pudo haber hecho alguna solicitud, pero no recuerdo si eso se concretó”, declaró Moltó en las investigaciones que llevó el Ministerio Público por el caso de las escuchas.

En agosto pasado, el actual jefe del CSN, Rolando López, también interpuso una denuncia penal contra los exjefes del CSN Gustavo Pérez, Alejandro Garuz y Julio Moltó por la compra y desaparición del sistema de espionaje Pegasus a la empresa israelí NSO Group.

Según la denuncia, documentos sobre la compra de Pegasus, proporcionados por NSO Group, revelan que los trámites para la compra del equipo espía se iniciaron el 16 de enero de 2011, cuando Moltó fungía como secretario ejecutivo del CSN.

Moltó fue jefe del CSN entre julio de 2010 y marzo de 2012.

El fiscal también llevará al juicio oral las declaraciones que rindieron los exjefes del CSN Gustavo Pérez y Alejandro Garuz, para probar que en el edificio 150 operaban las oficinas de la Dirección de Inteligencia con equipos tecnológicos que permitieron la existencia de una estructura tecnológica para ejecutar las interceptaciones de comunicaciones.

Con los testimonios de los exministros de la Presidencia Papadimitriu y Henríquez, el fiscal argumentará en el juicio pruebas que acrediten que el expresidente Martinelli “era el que manejaba directamente los temas de Seguridad y era el que convocaba y presidía las reuniones del Consejo de 

Seguridad Nacional, y la reunión se hacía en una oficina que se llamaba reunión del cuartito”.

En el juicio oral también serán presentados los testimonios dados por las víctimas y querellantes ante el despacho del fiscal.

Se destacan las declaraciones del exdiputado del Partido Revolucionario Democrático (PRD) Yassir Purcait, quien reiteró que el expresidente Ricardo Martinelli le mostró grabaciones de audio de llamadas telefónicas, en las que supuestamente se planeaba un atentado en su contra. Purcait escuchó los audios en el despacho de Martinelli, en la Presidencia de la República, en 2011.

“Me sentí amedrentado, no sabía si se trataba de una amenaza o chantaje para deteriorar mi imagen”, dijo Purcait, quien entonces era crítico del gobierno.

DEFENSA RECHAZA

Mientras tanto, Leonardo Paul, del equipo de abogados de Martinelli, dijo que la acusación presentada por el magistrado fiscal representa un violación al debido proceso, ya que incumplió las normas establecidas en el Código Procesal Penal.

Según Paul, el fiscal Díaz violó el último párrafo del artículo 5 del Código Procesal Penal, en el que se establece que “sin formulación de cargos no habrá juicio ni habrá pena sin acusación probada”.

También argumentó que el sistema penal acusatorio tiene una serie de procedimientos perfectamente definidos y que su incumplimiento puede acarrear la nulidad del proceso.

Alegó que el artículo 340 del Código Procesal Penal señala que “cuando el Ministerio Público estime que la investigación proporciona fundamentos para someter a juicio público al imputado, presentará al juez de garantías la acusación requiriendo la apertura a juicio”.

“En el lenguaje común, la acción de Harry Díaz sería como que un fiscal pide el llamamiento a juicio de una persona sin haberlo indagado”, expresó.

Explicó que Díaz debió solicitar una audiencia de imputación de cargos y luego pasar a la fase de acusación, pero ha hecho algo muy diferente.

Dijo que todavía no han sido notificados del escrito de acusación ni del juicio oral que pidió el fiscal ante el juez de garantías, quien no se ha pronunciado.

 

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