El presidente Juan Carlos Varela, sancionó este martes la Ley No. 21 de 20 de marzo de 2018 que modifica artículos del Código Penal que endurece las penas a en los delitos contra la integridad y libertad sexual a menores de edad.
La nueva norma, publicada en la Gaceta Oficial, reforma 14 artículos relacionados con este delito, y en la mayoría de los casos entre dos a tres años más de prisión.
Alguno de los cambios realizados se dan en el Artículo 174 del Código Penal que dice: Quien mediante violencia o intimidación tenga acceso carnal con persona utilizando sus órganos genitales, será sancionado [esto incluye sexo oral e introducir objetos en las partes íntimas]. Antes la pena era de 5 a 10 años de prisión, y ahora será de 7 a 12 años de cárcel.
En ese mismo artículo se señala que si la violación es cometida por un ministro de culto, pariente cercano, educador o tutor; si hay abuso de autoridad o confianza, y si se comete con más personas u observadores la condena será de 10 a 15 años de prisión. Anteriormente era de 8 a 12 años de cárcel.
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La sanción se da luego de que el pasado sábado 17 de marzo, se condenara a 10 años de cárcel al fotógrafo Eduardo Grimaldo, por delito de violación a una menor. En este caso el imputado llegó a un arreglo de pena con la fiscalía.
Mientras, que ayer la Fiscalía de Descarga de San Miguelito pidió al Juzgado 3 de lo penal la condena para el fotógrafo Héctor Alcibiades Hernández -conocidro como Mr. Strada- por el presunto delito contra la libertad e integridad sexual en perjuicio de una menor. La juez se acogió al término que establece la ley para decidir la condena de Hernández.
En el primer caso, la víctima es familiar del autor de delito y en el segundo, se conocieron a través de las redes sociales, donde el fotógrafo ofrecía sus servicios profesionales.