Tribunal concede un año al Ministerio Público, para concluir investigación de Odebrecht

Tribunal concede un año al Ministerio Público, para concluir investigación de Odebrecht


El Ministerio Público (MP) tendrá un año para concluir la investigación de los sobornos que Odebrecht pagó en Panamá, después que el Segundo Tribunal Superior de Justicia revocó un fallo del Juzgado Duodécimo Penal que en octubre pasado, ordenó remitir el expediente del caso para su respectiva calificación.

La decisión fue dada a conocer este martes por el Órgano Judicial.

"El Tribunal reiteró que se está ante un caso complejo, por ello las reglas procesales para su tramitación son distintas de aquellas para el uso común, en virtud que se rigen por normas con características especiales dadas por la Ley 121 de 2013 [sobre delincuencia organizada] y los artículos 502, 503 y 504 del Código Procesal Penal", indica el fallo avalado por los magistrados María Lourdes Estrada (ponente) y José Hoo.

De  ese modo, el Segundo Tribunal favoreció el criterio de la fiscal anticorrupción Zuleyka Moore, que apeló la decisión de la juez (suplente) Lania Batista, quien se negó a adecuar los plazos de la investigación, el pasado 25 de octubre. Desde entonces, la instrucción del expediente quedó paralizada.

Los magistrados Estrada y Hoo advierten que en este caso "está en juego altos valores protegidos y que repercuten directamente en la sociedad panameña, no se trata de un caso cualquiera y amerita celo en una investigación que -según indicó la fiscalía- lleva 342 tomos con 62 personas imputadas, lo que de por sí acarrea complicación que tiene el Ministerio Público en el ejercicio de la acción penal", señala una nota del Órgano Judicial.

El Tribunal advierte que el plazo de un año "no es una extensión de la extensión"... "Más bien atiende a las reglas procesales para la tramitación de un caso complejo".

Con este  fallo, se despejaría el camino para que la Fiscalía Especial Anticorrupción culmine la investigación. Antes, la fiscal tuvo que esperar a que se resolvieran dos amparos de garantías constitucionales, presentados por dos imputados -uno por Humberto De León y otro por Luis Enrique Martinelli Linares- contra la decisión del Juzgado Duodécimo Penal de remitir el recurso de apelación de Moore al Segundo Tribunal Superior.

El 5 de enero pasado, el Primer Tribunal Superior negó el amparo presentado por De León. Ese fallo fue posteriormente confirmado por el pleno de la Corte Suprema de Justicia, en un fallo del 5 de abril.

Este martes 10 de abril, se conoció que también el amparo de Martinelli Linares fue denegado, precisamente porque ya el Primer Tribunal Superior se había pronunciado sobre este mismo asunto, en el recurso que presentó De León.

 

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