Exdirector de la AIG sufre revés judicial en caso SAP

Exdirector de la AIG sufre revés judicial en caso SAP


El Segundo Tribunal de Justicia rechazó dos recursos que buscaban aclarar la decisión de no declarar prescrita la acción penal contra el exdirector de la Autoridad de Innovación Gubernamental (AIG) Eduardo Jaén y su esposa, Aracelly Roy de Jaén, dentro de la investigación adelantada por la presunta comisión de los delitos de corrupción de funcionario público y peculado en el proceso de adjudicación de un contrato para la compra de un software para la Caja de Seguro social (CSS) a través de la empresa Advanced Consulting (filial de SAP).

En un fallo con fecha del pasado 16 de octubre de 2019 y bajo la ponencia de la magistrada Zaida Cárdenas, como suplente especial, el Segundo Tribunal decidió no acoger los escritos presentados por la defensa de Eduardo Jaén y Aracelly Roy de Jaén contra las resoluciones de 2 de agosto de 2019 en las que se determinó no acoger un incidente de prescripción del proceso.

En una decisión de primera instancia, la jueza decimotercera penal Alina Hubiedo decidió no acoger los recursos de prescripción a favor de los imputados por considerar que el Ministerio Público había aportado suficientes evidencias en la investigación y que los vinculan como firmantes en la empresa Great Falls Investment Corporation, S.A., que habría recibido transferencias de altas sumas de dinero.

Además, el tribunal estimó que la petición de prescripción de la acción penal no se ajusta a lo establecido en el Código Penal en lo referente a los delitos de corrupción, que en su artículo 350 señala que si el acto de corrupción es cometido por un servidor público se aplicará una pena de 5 a 8 años de cárcel.

 

 

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