El presidente Juan Carlos Varela objetó parcialmente "por inconveniente e inexequible" el proyecto de ley 514, que -entre otras cosas- modifica la Ley de Contrataciones Públicas y establece la imprescriptibilidad de los delitos de corrupción.
Específicamente, el veto presidencial va dirigido a los artículos del proyecto de ley, que impiden que el Estado contrate a empresas que han hecho acuerdos de colaboración en casos de corrupción.
El proyecto, en su artículo 3, introduce un numeral al artículo 19 de la Ley 22 de 2006 (Ley de Contrataciones Públicas), que señala que las personas condenadas por sentencia judicial definitiva en tribunales panameños, por la comisión de delitos contra la administración pública, blanqueo de capitales, terrorismo, contra el patrimonio y contra la fe públicas, con penas de prisión de un año o más, están incapacitadas para contratar con el Estado panameño.
[Lea el proyecto de ley 514 aquí].
[Lea la Ley de Contrataciones Públicas aquí].
En el caso de las sociedades o personas jurídicas, la incapacidad se aplica cuando sus accionistas mayoritarios (aquellos que posean el 51% o más de las acciones), directores, dignatarios o representante legal, hayan sido condenados judicialmente por alguno de los delitos descritos en el párrafo anterior.
En tanto, el artículo 4 del proyecto 514 establece que las empresas licitantes tienen la obligación de entregar una declaración jurada en la que se acredite que no han sido condenadas en Panamá o el extranjero, por sentencia judicial o definitiva, "o no haber realizado acuerdo de pena o de colaboración eficaz", por la comisión de delitos contra la administración pública, blanqueo de capitales, terrorismo, o cualquier otro delito contra la seguridad colectiva.
Según la Presidencia, los artículos 3 y 4 del proyecto de ley parcialmente vetado "fueron refutados por inexequibles, debido a que se hace necesario analizar la constitucionalidad de esta normativa, desde el contexto relacionado con la posible transgresión de uno de los derechos fundamentales que el Estado debe brindar a todo ciudadano, el derecho de presunción de inocencia, tal como lo establece la Constitución".
Varela también objetó el artículo 1 del proyecto 514, que eliminó por completo un numeral del artículo 51 del Código Penal, que castiga con multa a las personas jurídicas prestadoras del servicio de transporte que introduzcan droga al país. "De ser eliminado, representaría un retroceso en materia legislativa para el país", indica la Presidencia.
[Lea el artículo 51 del Código Penal aquí].
El proyecto 514 fue originalmente presentado por la Asociación de Estudiantes de Derecho de la Universidad Católica Santa María la Antigua (Aedusma), el Movimiento Independiente (Movin), entre otras oenegés, para eliminar la prescripción de los delitos de corrupción. La Asamblea Nacional -por iniciativa propia- introdujo las modificaciones a la Ley de Contrataciones Públicas, en segundo y tercer debate,
Organizaciones como la Alianza Ciudadana pro Justicia y la Fundación para el Desarrollo de la Libertad Ciudadana, capítulo panameño de Transparencia Internacional, solicitaron públicamente a Varela que vetara el artículo que inhabilita para contratar con el Estado a empresas que han aceptado utilizar la colaboración eficaz.