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Fuero electoral salva al exdiputado Osman Gómez de la cárcel

Fuero electoral salva al exdiputado Osman Gómez de la cárcel
Osman Gómez, exdiputado del Molirena. Archivo

El exdiputado Osman Gómez, quien fue capturado este martes en Paso Canoas, provincia de Chiriquí, por agentes del Servicio Nacional de Fronteras (Senafront), quedó en libertad al gozar de fuero penal electoral.

La información fue confirmada por su abogado, Nilo González, luego de llevarse a cabo una audiencia de garantías y que la defensa del exdiputado apelara a la detención.

Gómez, candidato a diputado por el circuito 4-2 (Chiriquí) por el Partido Alianza, tiene cuentas pendientes con la Fiscalía Anticorrupción en Veraguas, por la presunta comisión del delito de peculado.

En un documento del Juzgado de Garantías de Chiriquí, con fecha del 22 de enero de 2024 y dirigido al comisionado de la Policía Nacional, Larry Solís, jefe de la Cuarta Brigada Occidental, en Chiriquí; la jueza de garantías Jackeline Montenegro González, explica que en una audiencia realizada el 22 de enero pasado, se ordenó la aprehensión y conducción de Gómez. Se le pidió acudir a las oficinas del Sistema Penal Acusatorio de Chiriquí, pero no compareció. El exdiputado y candidato tampoco fue a una audiencia de formulación e imputación de medidas cautelares que estaba agendada para el pasado 30 de enero. “Ha sido notificado en diferentes ocasiones y no ha comparecido”, se lee en la nota firmada por la jueza Montenegro.

En 2017, Gómez fue aprehendido en la sede de la Policía Nacional de la ciudad de David, provincia de Chiriquí, por portar un arma de fuego sin permiso. En 2012, durante el gobierno de Ricardo Martinelli, abandonó el Partido Panameñista y se inscribió en el Movimiento Liberal Republicano Nacionalista (Molirena).

Este medio consultó a José Muñoz Molina, presidente del Partido Alianza, no obstante, dijo manejar poca información de lo sucedido. “Solo sé de lo que ha salido en redes sociales, pero no me he comunicado con él”, acotó.

¿Qué es el fuero penal electoral?

De acuerdo con el artículo 305 del Código Electoral, el fuero penal electoral es el derecho que tienen los presidentes, vicepresidentes, secretarios y subsecretarios generales de los partidos legalmente constituidos, los candidatos, delegados electorales, entes electorales de los partidos políticos, miembros de las corporaciones electorales, funcionarios electorales y enlaces para no ser investigados, detenidos, arrestados o procesados en materia penal, policiva o administrativa, siempre que estas últimas involucren la imposición de una pena privativa de la libertad, sin que medie autorización expresa y previa de los juzgados administrativos electorales, salvo en caso de flagrante delito.


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