El magistrado Jerónimo Mejía, juez de garantías de la causa judicial seguida a Ricardo Martinelli por la compra de alimentos deshidratados con fondos del Programa de Ayuda Nacional (PAN), negó una petición de la defensa del expresidente para que se anulara el proceso.
En una audiencia de apelación celebrada este martes -que era continuación de otra realizada el pasado miércoles-, el abogado de Martinelli, Sidney Sittón, señaló que el magistrado fiscal Oydén Ortega requirió información a los bancos sin la autorización previa del juez de garantías, lo cual -según él- viola el Código Procesal Penal.
Mejía, sin embargo, rechazó la solicitud de nulidad, por considerar que el fiscal puede conducir determinadas diligencias, sin el control previo del juez.
"Las diligencias cuestionadas no son diligencias judiciales, que es lo que dice el artículo 199 [del Código Procesal Penal], que fue el utilizado por la defensa para hacer la apelación", señaló Mejía.
El referido artículo señala: "Es nula la actuación o diligencia judicial cuando el vicio haya impedido al interviniente el pleno ejercicio de las garantías y de los derechos reconocidos en la ley, la Constitución y los tratados y convenios internacionales ratificados por la República de Panamá. Esta nulidad es insubsanable".
Mejía también giró instrucciones para que la Superintendencia de Bancos de Panamá reciba una nota de la defensa.
Previamente, Ortega había explicado que todos los bancos contactados suministraron a su despacho la información requerida oportunamente. No se realizaron diligencias de inspección, incautaciones o secuestros, “en cuyo caso sí se requeriría el control previo del juez de garantías”.
Agregó que la información bancaria solicitada no estaba relacionada a Martinelli o sus empresas, sino a las cuentas de la sociedad Lerkshore International Limited, proveedora de los alimentos deshidratados que adquirió al PAN, a un costo de $44.5 millones.
“No se ha practicado secuestro de cuentas ni aprehensión de documentos, ya que lo que se realizó es un acto de investigación como lo prevé el artículo 267 del Código Procesal Penal”, señaló Ortega.
“El único propósito era conocer el destino final de las transacciones”, agregó.
También hizo énfasis en que la defensa no ha mencionado los presuntos perjuicios causados a Martinelli, producto de las notas apeladas.
A lo dicho por el magistrado fiscal, Sittón reaccionó solicitando la palabra, para mencionar unas supuestas cartas que Ortega dirigió a la Unidad de Análisis Financiero (UAF) y Banistmo, requiriendo información de cuentas de Importadora Ricamar, propiedad de la familia Martinelli.
“Esto sí ha causado un perjuicio, porque al cliente se le han cerrado cuentas en Citibank y Banco General”, alegó.
Mejía interrumpió a Sittón, para advertir que tales señalamientos no constarían en el acta de la audiencia.
“O actuamos con lealtad procesal o no. Yo dije y fui muy claro que si usted se iba a referir a lo que dijo el magistrado Ortega y me dijo que no. Le pregunté si se iba a referir a los temas planteados inicialmente por su persona y me dijo que no. Ahora se está refiriendo a temas que ya planteó. Esa parte se va a suprimir”, indicó el magistrado juez.
Acto seguido, Mejía decretó un receso. A la vuelta, Sittón no se presentó a la sala, quedando la defensa de Martinelli -que nunca ha comparecido personalmente a las audiencias en la Corte Suprema de Justicia (CSJ)- a cargo de Carlos Carrillo, Dimas Guevara y Fernando Kam.
Mejía retomó el tema de la supuesta afectación alegada por Sittón.
"Ese perjuicio tiene que haber sido demostrado. La persona antes de plantear algo tiene que saber que ha sufrido un perjuicio y debe señalar y hasta acreditar en qué consiste", indicó.
Martinelli es investigado por la CSJ dada su condición de parlamentario centroamericano, que ostenta desde el 1 de julio de 2014.
Por el caso de los alimentos deshidratados, el juzgado Decimoquinto Penal fijo juicio para el 30 de mayo al exsecretario privado de Martinelli, Adolfo “Chichi” De Obarrio; al exdirector y al exjefe de Nutrición del PAN, Giácomo Tamburrelli y Ángel Famiglietti, respectivamente; a la excontralora Gioconda Torres de Bianchini, y a Rubén De Ycaza, de la empresa Lerkshore.
Todos tienen alguna medida cautelar –ya sea de país por cárcel o de detención domiciliaria-, salvó De Obarrio, que está prófugo y nunca ha comparecido al proceso, y de Bianchini, que padece quebrantos de salud. Mientras que los exministros Lucy Molinar (de Educación) y Federico Suárez (de Obras Públicas), y las viceministras María Fábrega (de la Presidencia) y Marta Susana de Varela (de Desarrollo Social), fueron favorecidos con un sobreseimiento, decisión que apeló el Ministerio Público.
Tamburrelli, en su indagatoria, declaró que el contrato fue adjudicado a Lerkshore, siguiendo instrucciones directas de Martinelli y De Obarrio.