Corte rechaza violación de garantías de Martinelli en caso Odebrecht

Corte rechaza violación de garantías de Martinelli en caso Odebrecht
La Corte Suprema de Justicia rechazó nuevamente un amparo de garantías constitucionales al expresidente Ricardo Martinelli.


La Corte Suprema de Justicia confirmó que al expresidente Ricardo Martinelli no se le violaron sus garantías constitucionales, luego de que el Juzgado Segundo Liquidador de Causas Penales no admitiera una serie de pruebas dentro de una demanda civil presentada por el Estado panameño en el caso Odebrecht.

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A través del edicto No. 1088, se notificó a las partes que el pleno de la Corte, con la ponencia del magistrado Juan Francisco Castillo, suplente de la magistrada María Eugenia López, decidió confirmar un fallo del Primer Tribunal Superior que negó el amparo presentado por Martinelli.

La Corte decidió ratificar en todas sus partes el fallo del pasado 17 de julio del Primer Tribunal Superior, en el que se concluyó que la jueza Baloísa Marquínez no violó las garantías constitucionales de Martinelli al no admitir una serie de pruebas presentadas por su abogado, Carlos Carrillo, dentro de la demanda interpuesta por el Estado panameño contra el expresidente, la cual fue presentada por el entonces ministro de Seguridad, Juan Pino.

En el amparo, la defensa de Martinelli argumenta que la jueza Marquínez violó los derechos fundamentales de su cliente al no admitir una serie de pruebas cruciales para su defensa.

El recurso presentado por Carrillo sostiene que las pruebas fueron introducidas de manera oportuna y cumplen con los requisitos de la ley, ya que guardan relación con la acción civil y son necesarias para sustentar la teoría de la defensa.

La Corte avaló la decisión de los magistrados del Primer Tribunal Superior que desestimaron estos argumentos, al señalar que no se encontraron elementos que acreditaran violaciones al debido proceso ni a los derechos fundamentales del exmandatario.

Carrillo insiste en que la negativa de la jueza a aceptar las pruebas vulneró el derecho de defensa de su cliente, sin que se explicaran adecuadamente los fundamentos de tal decisión.

En septiembre de 2023, el Estado panameño, a través del Ministerio de Seguridad Pública, presentó una demanda civil contra los expresidentes Ricardo Martinelli (2009-2014) y Juan Carlos Varela (2014-2019) por supuestos “daños materiales y morales” causados al Estado en el caso Odebrecht. Además, se alega que ambos expresidentes afectaron la reputación de Panamá, contribuyendo a la inclusión del país en las listas del Grupo de Acción Financiera Internacional y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico. En su demanda, el Estado sustentó que entre 2010 y 2014 Odebrecht “realizó pagos corruptos” por más de $59 millones a funcionarios panameños, un hecho corroborado en un acuerdo con el Departamento de Justicia de Estados Unidos en 2016″.

El magistrado Salvador Domínguez Barrios, suplente de la magistrada María Cristina Chen Stanziola, salvó su voto, argumentando que los hechos que dieron origen a la demanda son similares a situaciones que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha considerado como violaciones a las garantías judiciales.

En la demanda presentada ante el Juzgado Segundo Liquidador de Causas Penales, el Estado panameño exige a Martinelli el pago de $59 millones por presunto daño material y otros $100 millones por supuesto daño moral. En el caso del expresidente Varela, se le reclama $10 millones por presunto daño material y $20 millones por daño moral.

Martinelli se encuentra asilado en la Embajada de Nicaragua en Panamá desde febrero de este año, sin que hasta el momento se haya determinado su futuro legal.

La Corte y el Primer Tribunal Superior han rechazado aproximadamente 20 amparos presentados por el exmandatario en distintos procesos judiciales en los que ha sido investigado.


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