FALLO

Corte declara inconstitucional artículo de ley que permitió creación de islas artificiales

Corte declara inconstitucional artículo de ley que permitió creación de islas artificiales
Las islas ya fueron desarrolladas y comercializadas bajo el nombre de Ocean Reef Island. Archivo


La Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional el artículo 2A de la Ley de 15 de abril de 1988 por la cual se establece y regula el sistema de ejecución de obras públicas por el sistema de concesión administrativa, y que permitió la realización de rellenos frente a Punta Pacífica para la creación de dos islas artificiales.

El fallo, bajo la ponencia de la magistrada Maribel Cornejo contó con el salvamento de voto de los magistrados José Ayú Prado y María Eugenia López, detalla que la citada ley viola los artículos 163 y 258 de la Constitución.

El artículo 163 de la Constitución en su numeral 1 precisa que la Asamblea Nacional no podrá expedir leyes que contraríen la letra o el espíritu de la Constitución, mientras que en el 258 se prohíbe la apropiación privada de bienes de uso público como el mar territorial, las aguas lacustres y fluviales, las playas y riberas de las mismas.

El artículo 2A de la Ley 5 de 15 de abril de 1988 expedida por la Asamblea Nacional permitía al Estado pactar con el concesionario la construcción y habilitación de nuevas áreas de terreno que resultaran del relleno de lecho marino u otros medios para desarrollo de complejos habitacionales o comerciales, de modo de las nuevas fincas así creadas permitieran el financiamiento de proyecto y amortizar el monto total recuperable de la inversión.

También el fallo destaca que el artículo 258 de la Constitución es claro al señalar que si se construye sobre terrenos de uso público como playas y riberas del mar territorial, deben garantizar que se mantengan su titularidad colectiva y su aprovechamiento libre y común.

Las islas ya fueron desarrolladas y comercializadas bajo el nombre de Ocean Reef Island.

El fallo resuelve las demandas presentadas en en año 2011 por los abogados Víctor Martínez y Juan Carlos Enrique Cano.


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