Corte mantiene comiso de bienes de Editora Panamá América

Corte mantiene comiso de bienes de Editora Panamá América
Ricardo Martinelli, expresidente de Panamá. EFE


Un fallo de la Corte Suprema de Justicia mantuvo la decisión del Juzgado Segundo Liquidador de Causas Penales de mantener el comiso de los bienes de Editora Panamá América (Epasa) y la disolución de las sociedades Inmobiliaria TPA S.A. y TPHC, las cuales son tenedoras de sus acciones.

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El fallo, bajo la ponencia de la magistrada María Eugenia López y notificado a través del edicto No. 17 de hoy 8 de enero, comunica a las partes la decisión unánime asumida por el pleno de la Corte.

La firma de abogados Cruz Ríos & Asociados presentó un amparo de garantías contra la sentencia mixta No. 02 de 1 de julio de 2023. En dicha sentencia, el Juzgado Segundo Liquidador de Causas Penales condenó a Martinelli y otras cuatro personas por el delito de blanqueo de capitales a través de la sociedad canasta New Business, utilizada para la compra de Epasa.

Además de la condena a Martinelli y los otros cuatro imputados, el juzgado dispuso el comiso de las acciones de Epasa, su administración y sus instalaciones a favor del Estado.

Durante la audiencia del caso New Business, el perito Eliseo Ábrego detalló que el beneficiario del 60% de las acciones de Epasa es Martinelli y el otro 40% pertenece a Henry Mizrachi.

Este es el séptimo amparo de garantías constitucionales que tanto la Corte Suprema de Justicia como el Primer Tribunal de Justicia rechazan en el caso New Business, presentado por abogados del expresidente Ricardo Martinelli.

Hoy también se conoció que el Tribunal Superior de Liquidación de Causas Penales rechazó una solicitud de aclaración de sentencia presentada por el expresidente Ricardo Martinelli, en respuesta a una decisión previa de ese tribunal que denegó un amparo de garantías constitucionales. En este último caso, se había solicitado una acción de saneamiento de la tramitación de un recurso de casación contra la sentencia que lo condenó en el caso New Business.

La decisión fue notificada mediante el edicto No. 5 con fecha del 5 de enero de 2024 y lleva la firma del magistrado Manuel Mata Avendaño. En el comunicado se detalla que la solicitud de aclaración fue rechazada de plano por ser improcedente.


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